Autoridad electoral demanda subsanar la inscripción de regidores que no acreditaron residencia en la capital.
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro emitió una resolución en la que declara inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de la organización política Renovación Popular para el Concejo Metropolitano de Lima. El órgano de justicia electoral detectó una serie de omisiones de carácter formal e incompatibilidades jurídicas en las fichas de los postulantes, otorgando un plazo perentorio de dos días hábiles al partido político para subsanar los cuestionamientos técnicos, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia definitiva de la nómina municipal.
Incompatibilidad de cargos de líderes proclamados por el Jurado Nacional de Elecciones
La resolución judicial pone especial énfasis en la situación legal de dos figuras clave de la agrupación política que pretenden integrar la lista de regidores y concejales capitalinos.


Por un lado, se encuentra el caso de Rafael López Aliaga, a quien el órgano electoral observa debido a que fue proclamado formalmente por el Jurado Nacional de Elecciones como senador electo para el periodo parlamentario 2026-2031.
Pese a las declaraciones públicas del candidato manifestando su rechazo al cargo senatorial para priorizar su postulación como primer regidor de Lima, la autoridad electoral exige documentación fehaciente que certifique su situación jurídica actual y determine la inexistencia de impedimentos constitucionales de duplicidad de funciones.
Una figura legal idéntica afecta al candidato municipal Guillermo Humberto Valdivieso Méndez, quien figura registrado como parlamentario andino electo en los recientes comicios generales de 2026, por lo que Renovación Popular deberá acreditar de forma documentada si el desistimiento o renuncia al escaño internacional se procesó conforme a la normativa electoral vigente.
Falta de acreditación de domicilio y omisión de licencias laborales estatales
El dictamen técnico detalla además que doce postulantes a regidores de la cartilla municipal, incluido el propio candidato a la alcaldía de Lima, Luis Isael Rubio Idrogo, no cumplieron con anexar documentos oficiales que certifiquen haber nacido en la provincia de Lima o haber residido en ella de manera ininterrumpida por un mínimo de dos años antes del cierre de inscripciones.
Dentro de este grupo con observaciones de arraigo domiciliario se encuentran las candidatas Fabiola Morales Castillo, Aquelina Solórzano Espinoza y Lida Valdivieso Solís, sumándose la situación singular de la postulante chilena Johanna Martínez Gómez, quien omitió presentar el Documento de Acreditación Electoral del Reniec requerido legalmente para ciudadanos extranjeros radicados en el país.
Finalmente, el ente electoral reportó que cinco candidatos de la lista mantienen contratos laborales activos con entidades del aparato estatal y no adjuntaron la respectiva constancia de solicitud de licencia sin goce de haber, un mandato imperativo establecido en la ley de elecciones municipales.
Los servidores observados ejercen funciones públicas en la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Distrital de Jesús María, la Municipalidad Provincial del Callao y el Hospital Nacional Cayetano Heredia, por lo que deberán regularizar sus permisos laborales institucionales dentro del periodo de subsanación concedido.
