A partir del 28 de junio: Disposición legal publicada en las normas oficiales extiende el control militar y policial por 60 días en las calles de la capital y la provincia constitucional.
El Poder Ejecutivo prorrogó por un plazo de 60 días calendario el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao con el propósito de combatir la delincuencia organizada y la inseguridad ciudadana.
La disposición, oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 096-2026-PCM publicado en el diario oficial El Peruano, entrará en vigencia el 28 de junio de 2026. Bajo este marco normativo, la Policía Nacional del Perú (PNP) conservará la responsabilidad del orden interno con el respaldo de las Fuerzas Armadas, enfocando sus operaciones conjuntas en mitigar delitos de alto impacto como el sicariato, la extorsión y los homicidios que motivaron la medida de excepción inicial en febrero de este año.
Restricciones a los derechos fundamentales y control de eventos masivos
En virtud del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, la aplicación de la prórroga faculta la suspensión de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la seguridad personal.
La norma estipula además que las actividades de concurrencia masiva —incluyendo espectáculos públicos, eventos deportivos, culturales o religiosos— quedarán condicionadas a la obtención de autorizaciones específicas otorgadas por los órganos competentes, los cuales verificarán el estricto cumplimiento de los protocolos de seguridad en edificaciones vigentes.
Sustento de inteligencia policial e informes de rendición de cuentas
La ampliación se fundamenta en informes reservados emitidos por las regiones policiales de Lima Centro y Callao, los cuales determinaron que la afectación al orden público ejercida por las bandas delictivas se mantiene latente.
El decreto precisa que las fuerzas del orden desplegarán sus intervenciones basándose en mapas del delito, labores de inteligencia previa y estadísticas de criminalidad, actuando bajo los principios de legalidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza. Al término de los dos meses de vigencia, el Comando de Coordinación Operativa Unificada deberá elevar un informe detallado de resultados al Ministerio del Interior, el cual será derivado a la Presidencia de la República, al Congreso y al Poder Judicial.
