El Poder Ejecutivo formalizó la ampliación de dos regímenes de excepción diferenciados en el territorio nacional con el objetivo de mitigar la incidencia delictiva y mitigar los impactos derivados de las precipitaciones pluviales.
A través de disposiciones oficiales, el Gobierno prorrogó el estado de emergencia en cuatro jurisdicciones de la frontera sur para optimizar las operaciones de orden público, y extendió de forma paralela la medida en 179 distritos de 21 regiones del país para dar continuidad a las obras de prevención, respuesta y rehabilitación ante contingencias climatológicas.
Ambas decisiones regulatorias fueron oficializadas mediante los decretos supremos correspondientes publicados en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Control del orden interno y restricciones constitucionales en la región Tacna
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 086-2026-PCM, la prórroga correspondiente al ámbito de la seguridad ciudadana tendrá una vigencia de 60 días calendario, computados a partir del 9 de junio. Esta medida de control territorial rige de forma específica en los distritos tacneños de Palca, Tacna, La Yarada-Los Palos y Tarata, donde los índices de criminalidad requieren una intervención estatal sostenida.
Bajo este marco normativo, la Policía Nacional del Perú (PNP) conserva la jefatura operativa para el mantenimiento del orden interno, contando con el soporte táctico y logístico de las Fuerzas Armadas. La delimitación de los cuadrantes de intervención y los operativos de control se estructuran a partir de los datos analíticos proporcionados por los sistemas de inteligencia, mapas del delito, estadísticas de denuncias e indicadores de criticidad delictiva.
Asimismo, durante el periodo de vigencia de la norma, se mantiene la suspensión y restricción de los derechos constitucionales referidos a la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito por vías públicas, la libertad de reunión, y el derecho a la libertad y seguridad personales.
Mitigación de riesgos por factores climatológicos en 21 regiones
En lo que respecta a la contingencia ambiental, el Decreto Supremo Nº 087-2026-PCM extendió el estado de emergencia por un plazo de 60 días, con inicio de vigencia programado para el 5 de junio. Esta medida abarca a 179 distritos distribuidos en las jurisdicciones de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali.
La norma técnica faculta a los gobiernos regionales a liderar y ejecutar, en estricta coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), las obras de ingeniería y los servicios de emergencia necesarios para la reducción de los escenarios de muy alto riesgo.
Estas intervenciones sectoriales orientadas a la rehabilitación de infraestructura vial, habitacional y de servicios básicos involucran la participación activa de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensa, Interior, Transportes y Comunicaciones, Energía y Minas, Mujer y Poblaciones Vulnerables, y Desarrollo e Inclusión Social.
