Ciudadanía podrá presentar aportes al proyecto normativo durante 15 días laborables.
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Defensa, dispuso la difusión pública del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32492, marco legal encargado de reconocer y regular las competencias operativas de los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural (CAD). La difusión oficial de la propuesta técnico-normativa y su respectiva exposición de motivos se formalizó mediante la Resolución Ministerial Nº 00716-2026-DE, publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, con el propósito de iniciar la etapa de socialización y transparencia institucional.
El dispositivo legal determina que la documentación técnica permanecerá alojada en la plataforma digital del Ministerio de Defensa para facilitar el acceso a las entidades del sector público, instituciones privadas y a la ciudadanía en general. El objetivo de esta medida es habilitar un canal participativo que permita recopilar aportes, opiniones y sugerencias técnicas orientadas a optimizar la redacción final del articulado reglamentario antes de su promulgación definitiva.
Las autoridades del sector Defensa precisaron que la recepción de comentarios se realizará durante un periodo de 15 días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el diario oficial. Para tal efecto, los ciudadanos y organizaciones interesados podrán canalizar sus observaciones de manera presencial a través de la mesa de partes física del portafolio, ubicada en el Edificio Quiñones del distrito de Jesús María, en Lima, o mediante el uso de la mesa de partes virtual habilitada en el portal institucional del Estado.
Procesamiento de aportes y marco operativo de los comités
La Resolución Ministerial Nº 00716-2026-DE designa formalmente a la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa como el órgano técnico responsable de recibir, procesar y sistematizar los planteamientos y modificaciones sugeridos por la sociedad civil durante el proceso de consulta pública.
La Ley Nº 32492 establece el estatuto jurídico de los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural, definiéndolos como organizaciones ciudadanas de carácter transitorio que surgen de manera voluntaria en centros poblados, distritos y provincias que cuenten con una declaración vigente de estado de emergencia. La legislación les asigna personería jurídica para realizar tareas de seguridad comunitaria enfocadas en neutralizar el avance de remanentes terroristas y combatir las redes operativas del tráfico ilícito de drogas.
Bajo este lineamiento normativo, las agrupaciones rurales no solo cuentan con el respaldo legal del Estado para proteger a sus comunidades frente a las incursiones de las organizaciones criminales, sino que tienen el mandato técnico de actuar en calidad de unidades de apoyo logístico y operativo para las operaciones tácticas desarrolladas por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú en las zonas asignadas para el restablecimiento del orden interno y la pacificación nacional.
