«INDECOPI: Sin leche ni gloria»… Por: Octavio Huachani Sánchez

0
1557

El presidente de Indecopi, no tuvo suerte en su presentación ante la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso. Peor aún, cuando llegó -con dos horas de retraso-, se encontró con varios pedidos solicitando su renuncia o que el Ejecutivo lo destituya.

Cuando intervino, sus explicaciones no convencieron a nadie. Sobre todo porque hace  pocos días atrás, Indecopi había publicado un comunicado que más parecía una defensa a los cuestionamientos de la calidad de Pura Vida -del grupo Gloria- como leche de vaca.

Una curiosa defensa teniendo en cuenta que esa empresa figura en el Registro de Infractores del Indecopi  por presunta publicidad engañosa con sus productos lácteos Bella Holandesa, Bonlé y Gloria,  por qué?

Según el fallo por la comisión de actos de competencia desleal, la publicidad de dichos productos lácteos indicaban ser “deslactosados” o “sin lactosa” sin serlo.

En esa oportunidad Gloria fue multada con S/1,5 millones.

Pero eso no es todo. Según el registro de Infractores del Indecopi Gloria ya tiene antecedentes en la comisión de actos de competencia desleal, porque en 2007 y 2012 también había sido sancionada por casos similares.

El registro indica que en 2007 fue sancionada con 25 UIT por una publicidad de leche de soya (se publicitó que el producto solo contenía insumos de origen vegetal, pese a que ello no era cierto) y en el 2012 fue sancionada con 10 UIT por la publicidad de un yogur que según Gloria estaba elaborado en base a saborizantes naturales, pese que ello no era cierto.

Pero hay más.

En el 2009 el ciudadano Jonás Iván García Espinoza hizo una denuncia en Indecopi contra el Grupo Gloria por comercializar el producto lácteo “Pura Vida” bajo las denominaciones “leche evaporada modificada” y “leche modificada UHT” (así estaba consignada en sus envases), dando a entender que se trataba de leche de vaca sin precisar cuál había sido tal modificación.

Después de varias desestimaciones y apelaciones, finalmente el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi sancionó a la empresa con una multa de 20 UIT y le ordenó a que cumpla con consignar una denominación acorde a la naturaleza como el de “modificada”.

Así las cosas, surge la pregunta: ¿Cómo es posible que con todos estos antecedentes negativos, Gloria sea uno de los principales proveedores del programa Kali Warma?