El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, promulgó el Decreto Ejecutivo 424, el cual otorga inmunidad jurídica al personal extranjero de Estados cooperantes que participe en operaciones bajo el marco de una nueva declaratoria de conflicto armado interno. La medida de excepción se formalizó tras un ataque de sicariato en el aeropuerto de Guayaquil que paralizó las operaciones aéreas. Con este dictamen, el Ejecutivo recurre nuevamente a una tipificación de conflicto no internacional que carece del reconocimiento de la Corte Constitucional desde abril de 2024 y que ha sido cuestionada por relatores de las Naciones Unidas ante la falta de una normativa nacional específica sobre la materia.
El rol de los acuerdos con Estados Unidos y el Estatuto de las Fuerzas
El diseño técnico del decreto responde directamente a las coordinaciones de Noboa en el Pentágono con el secretario de Guerra de los Estados Unidos, Pete Hegseth, fundamentándose de forma exclusiva en el Estatuto de las Fuerzas (SOFA). Este tratado bilateral regula las misiones del personal militar, civil y contratistas del Departamento de Defensa norteamericano en territorio ecuatoriano, permitiéndoles realizar actividades temporales de entrenamiento, ejercicios conjuntos y cooperación contra el narcotráfico.
Bajo este amparo, el contingente estadounidense goza de exenciones diplomáticas, autorización para portar armas y uso de uniformes en servicio, un marco legal que ya respaldó el envío de suministros bélicos a Manta en enero de 2026 y el apoyo de un helicóptero militar en un polémico bombardeo en Sucumbíos en marzo del mismo año.
Límites de la cooperación internacional y marco constitucional
A pesar de las alusiones del mandatario sobre ofertas de asistencia de diversas naciones aliadas, ningún país fuera de los Estados Unidos contempla el envío de tropas de combate a suelo ecuatoriano. Los convenios de seguridad vigentes con la Unión Europea, Francia, Reino Unido, Argentina, Uruguay y Perú se limitan estrictamente al intercambio de inteligencia, extradición y transferencia de equipamiento tecnológico. Los analistas sugieren que la inmunidad ofrecida en el Decreto 424 busca incentivar una mayor participación operativa internacional; sin embargo, para que esta protección legal sea válida con otros Estados, el Gobierno requerirá negociar acuerdos bilaterales específicos y someterlos al control obligatorio de la Corte Constitucional.
