El PJ detecta que el Tribunal Constitucional omitió resolver dos mandatos vigentes contra el líder de Perú Libre.
El titular del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, el juez Leodan Cristóbal Ayala, determinó que la orden de prisión preventiva contra el fundador del partido Perú Libre, Vladimir Cerrón Rojas, continuará vigente en el marco de la investigación fiscal por presunta organización criminal y lavado de activos.
A través de una resolución judicial obtenida por el diario digital Infobae, el magistrado concluyó que la sentencia estimatoria emitida por el Tribunal Constitucional (TC) resulta técnicamente inejecutable en la actualidad. El fundamento principal radica en que el máximo tribunal de interpretación constitucional declaró la nulidad de resoluciones que ya no configuran el soporte jurídico actual del mandato de reclusión del exgobernador regional.

Persistencia de dos mandatos vigentes con calidad de cosa juzgada
El documento judicial precisa que, a la fecha de la revisión formal, subsisten dos resoluciones judiciales vigentes que sustentan tanto la prisión preventiva como las órdenes de captura y requisitorias policiales vigentes contra el investigado.
El juez Cristóbal Ayala argumentó que el mandato emitido por la mayoría del Tribunal Constitucional incurrió en una omisión técnica al no abordar el estatus de dichos dictámenes. Debido a que las últimas decisiones del Poder Judicial poseen la autoridad jurídica de cosa juzgada, el órgano jurisdiccional de primera instancia carece de facultades legales automáticas para su anulación directa, lo que impide la ejecución material del hábeas corpus.
Elevación de consulta técnica y advertencia por fallo extrapetita
Ante la incongruencia procesal detectada, el magistrado optó por elevar en consulta el expediente hacia el pleno del Tribunal Constitucional con el fin de que se emita una aclaración oficial sobre si los efectos de la nulidad alcanzan por conexidad a los fallos no evaluados.

La defensa técnica de Vladimir Cerrón Rojas solicitó originalmente revocar las negativas a la variación de su comparecencia; no obstante, los magistrados constitucionales Helder Domínguez, Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández extendieron el análisis hacia la propia orden originaria de prisión bajo el criterio de que el cese de su captura previa por el caso Aeródromo Wanka variaba las circunstancias del peligro de fuga.
Por el contrario, la magistrada del TC, Luz Pacheco, emitió un voto singular discrepante en el cual catalogó la decisión mayoritaria como un fallo extrapetita por resolver materias ajenas a la demanda estricta. La jurista advirtió que la resolución omitió el análisis técnico detallado de las disposiciones procesales emitidas por el Poder Judicial, vulnerando con ello el derecho de defensa de la judicatura ordinaria al no otorgársele la oportunidad de sustentar las medidas restrictivas de libertad.
