Advierten por correo electrónico o mensaje de texto posibles fraudes

0
995

La Alerta Registral es un servicio gratuito que brinda la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) al ciudadano, mediante el cualrecibe información oportuna a través de un correo electrónico o mensaje de texto a su celular, sobre cualquier movimiento que se realice en la partida registral de un bien, evitando el despojo de sus propiedades.

Desde el 2012 al 30 de junio del presente año, un total de 493,593 personas a nivel nacional han protegido sus propiedades inscribiéndose, desde la comodidad de su casa u oficina, a este servicio en línea, accesible en el portal institucional www.sunarp.gob.pe.

En esta página web se ubica el enlace de Alerta Registral, en el cual debe registrarse solo con sus datos personales y consignando el número de partida registral y la clase de registro al que corresponde dicha partida (Registro de Predios, Registro de Personas Jurídicas, Registro de Mandatos y Poderes, Registro Vehicular).

La partida registral es un documento expedido por la Sunarp, en el cual se detalla el historial de una determinada propiedad (propietarios anteriores, propietarios actuales, área del inmueble, existencia de gravámenes, entre otros). En caso no conozca el número, puede efectuar una búsqueda con el nombre del propietario en las oficinas registrales.

Recibí una alerta, ¿qué debo hacer?

1.- Acércate inmediatamente a la Sunarp y solicita una ‘Lectura de Título en trámite’, ya que la alerta no especifica qué trámite se está realizando. De esta manera comprobarás cuál es el acto que se está solicitando inscribir.

2.- Si se trata de una transacción sobre la cual el usuario titular no tenía conocimiento, ya sea por falsificación de documentos o por suplantación de identidad, debes comunicar la situación a la Sunarp mediante un escrito dirigido al registrador cuyo nombre figura en el título.

3.-En el caso haya un notario involucrado, dirígete a la notaría de donde proviene la inscripción para alertarlo sobre lo que ha ocurrido. Una vez que se compruebe la irregularidad, el notario solicitará la ‘Tacha del título’ u ‘Oposición al procedimiento registral’, impidiendo la consumación del delito.

4.- En caso que el documento falso no provenga de una notaría, sino de una autoridad administrativa (Poder Judicial, municipalidades, entre otras), se deberá acudir a esta para obtener una declaración y solución.

En caso que el título haya logrado inscribirse, se debe acudir al notario, árbitro, juez, cónsul o funcionario público para que luego de comprobarse la falsedad del instrumento público, este pueda solicitar la cancelación administrativa del asiento registral.

De esta manera, tendrá conocimiento oportuno de la posible presentación de títulos conteniendo documentos falsificados o basados en la suplantación de personas.

Datos: Durante el periodo del 2017 (hasta el 30 de junio), el 57% de las partidas inscritas a Alerta Registral corresponden a propiedades inmuebles, seguidas de propiedades vehiculares (36%), mandatos y poderes (4%) y personas jurídicas (3%).