La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició la producción de una parte del acta-padrón correspondiente a la Segunda Elección Regional (SER), que comprende una relación de electores y una lista de electores para cada una de las mesas de sufragio que se instalará el domingo 6 de diciembre.
Ambos documentos son los primeros en imprimirse en toda elección o consulta popular, pues se generan con los datos del padrón electoral, que no puede ser modificado una vez elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Tanto la relación como la lista de electores contienen el número de mesa; el distrito, la provincia y el departamento donde se encuentra; el nombre completo y el Documento Nacional de Identidad (DNI), así como el número de orden de los ciudadanos habilitados para sufragar.
Adicionalmente, la lista de electores incluye otros datos personales, como la fotografía y el grado de instrucción de los electores.
La relación de electores se pega en el ingreso al aula de votación (o espacio equivalente) donde se encuentra la mesa, con el fin de orientar a los ciudadanos.
En cambio, con la lista de electores, los miembros de mesa pueden saber quiénes votarían en su mesa y conocer datos que permitirán confirmar su identidad. Debido a su carácter personal y sensible, la información que contiene está sujeta a la Ley de Protección de Datos Personales.
La lista, además, sirve como registro de los votantes, pues ellos, después de depositar su cédula de sufragio en el ánfora, colocan su impresión dactilar y su firma en los espacios en blanco destinados a tal fin.
Según el Plan Operativo Electoral (POE), se prevé que la Segunda Elección Regional se realice en 15 regiones, entre las dos organizaciones políticas que obtuvieron las dos más altas votaciones, dado que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley n.° 27683, Ley de Elecciones Regionales, se requiere que la fórmula regional obtenga no menos del treinta por ciento (30 %) de los votos válidos para ser elegida en la primera elección.
En esta segunda elección, se proclama electa la fórmula de presidente y vicepresidente que obtenga la mayoría simple de votos válidos.
