El Jurado Electoral Especial (JEE) de Jaén declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto por Renovación Popular contra una mesa de sufragio en Cajamarca. Aunque la agrupación alegó un supuesto «fraude» por falta de datos en el acta de la mesa 013571, la ONPE corroboró que el documento digitalizado sí cuenta con las firmas, nombres y horarios de escrutinio correspondientes.
Omisión de requisitos formales e impacto económico
La decisión del tribunal electoral no se basó en el fondo del argumento, sino en un incumplimiento administrativo: el partido no adjuntó el comprobante de pago de la tasa de 1.375 soles (25 % de una UIT). Esta omisión se repite en los más de 100 pedidos de nulidad presentados por la agrupación, lo que obligaría a Renovación Popular a desembolsar un total de 137.500 soles para que sus recursos sean admitidos a trámite.

Estrategia de nulidad en Cajamarca
La agrupación busca invalidar 22.631 votos en diversos distritos de la región, como Chota, Baños del Inca y Huambos, zonas donde el candidato Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) obtuvo una votación mayoritaria frente a resultados marginales de Rafael López Aliaga.
Los argumentos presentados en las impugnaciones han sido calificados como inconsistentes, basándose en observaciones de forma como:
- Omisión del número «0» en casilleros vacíos.
- Firmas fuera del recuadro establecido.
- Falta de especificación «a.m.» o «p.m.» en la hora de instalación.
- Instalación de mesas antes de las 7:00 horas.
Debido a que el reglamento electoral no contempla plazos para subsanar la falta de pago, los JEE están facultados para rechazar de plano estas solicitudes sin emitir un pronunciamiento sobre las supuestas irregularidades.
