La Comisión Ad Hoc del Fonavi oficializó la aprobación del Vigésimo Segundo Grupo de Pago, que beneficiará a 31,794 personas sin restricciones de edad a partir del 18 de diciembre de 2025. Mediante la Resolución Administrativa Nº 1162-2025/CAH-LEY Nº 29625, publicada en el diario oficial El Peruano, se autorizó la transferencia de más de 102 millones de soles para cubrir esta devolución.
El proceso incluye la emisión del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (CERAD) de forma virtual y presencial, garantizando que los fondos sean gestionados a través del Banco de la Nación para el cumplimiento del cronograma establecido.
La resolución administrativa establece la conformación definitiva de la lista 22, integrada por un total de 31,794 fonavistas beneficiarios que superaron las etapas de verificación de aportes.
Para financiar este reintegro, la Secretaría Técnica ha sido autorizada a movilizar una partida presupuestaria de S/ 102’182,815.90. Este monto asegura la cobertura total de los pagos programados, cumpliendo con los acuerdos tomados por la Comisión Ad Hoc en el marco de la Ley Nº 29625.
El Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (CERAD) constituye el documento oficial para el cobro y será notificado a través de la Secretaría Técnica. Los beneficiarios tienen dos vías para obtenerlo:
- Vía Digital: A través del portal web institucional de la Secretaría Técnica del Fonavi.
- Vía Presencial: En las plataformas físicas de atención al fonavista habilitadas a nivel nacional.
De acuerdo con la disposición oficial, el Banco de la Nación iniciará la atención de los integrantes de este vigésimo segundo grupo desde el 18 de diciembre de 2025. La Secretaría Técnica deberá coordinar las acciones financieras pertinentes para que los fondos estén disponibles en las ventanillas de la entidad bancaria desde la fecha señalada, cumpliendo así con el numeral 34.3 del Reglamento de la Ley Nº 29625 respecto a la transparencia y publicidad de los actos administrativos.
