En 1870, dos recibos emitidos por las imprentas de El Comercio y El Nacional registran con nitidez tipográfica un hecho menor pero revelador: el remate judicial de una chacra llamada Muñoz, ubicada en el entonces barrio de San Lázaro, al otro lado del Rímac. El responsable de ordenar ambos avisos y asumir su costo fue don Baltasar Lequerica y Carrión, natural de Lima, nacido en 1809, quien aparece también en su testamento de 1872 como beneficiario de esa propiedad (1).
El nombre del predio remite a don Tomás Muñoz, propietario registrado en 1785 por el Juzgado Privativo de Aguas del Cabildo de Lima como titular de una chacra en el valle de Piedra Liza y Amancaes (2). Se trata del antecedente más antiguo y confiable de esta propiedad, parte del cinturón agrícola que abastecía a la ciudad colonial por medio de acequias. El nombre Muñoz se conservó como topónimo incluso después de que la propiedad pasara a otras manos. No he hallado evidencia de que Tomás Muñoz tuviese descendencia o vínculo familiar con los Lequerica. Su nombre persistió en la memoria territorial como seña de origen.
A mediados del siglo XIX, la chacra ya pertenecía a Ana María Lequerica, tía de Baltasar, quien la declara en su testamento de 1854 como parte de su patrimonio personal (3). No se consigna cómo la adquirió, pero su posesión era indiscutida y legítima. A la muerte de Ana María, la propiedad fue heredada por su sobrino, quien en 1870 ejecuta el remate judicial conforme a las formalidades del entonces vigente Código de Procedimientos Civiles. Los recibos originales de ambos avisos han sobrevivido: uno fue expedido por la Imprenta de El Comercio y otro por la Imprenta de El Nacional (4). Ambos documentos indican los montos pagados, el número de publicaciones, las fechas y las rúbricas manuscritas que acreditan su recepción.
No se conocen las razones judiciales del remate. Tampoco se conserva información sobre el destino posterior del predio. Pero el testamento de Baltasar, otorgado en 1872 ante el notario Manuel Gálvez, confirma que aquella chacra fue el principal bien que recibió de su tía y que ya no se encontraba en su poder al momento de testar (1). Dispuso que lo poco que le restaba pasara en usufructo a su esposa y como únicas herederas nombró a sus hijas Gregoria y Ana. Esta última ingresó a la vida religiosa. Gregoria falleció en 1886. No he podido encontrar descendencia ni mayor litigio. La línea se extinguió sin ruido. De la chacra Muñoz no queda hoy rastro físico ni calle que la recuerde. La urbanización borró sus linderos. Su nombre sobrevive solo en los legajos y los recibos.
Pero esos papeles valen más de lo que parecen. Son expresión de un país que intentaba sostener su forma incluso en lo cotidiano. Porque en el Perú del siglo XIX, tan convulso, tan frágil, tan desigual, hubo quienes, sin estridencia, cumplieron con sus deberes. Publicaron sus remates, testaron, registraron, pagaron lo que correspondía. No figuran en los bronces, pero los hubo. Peruanos que sirvieron a su país desde el archivo, el sello y el trámite. En un tiempo donde tanto se olvida o se manipula, el documento auténtico, el que no presume ni falsifica, es una forma de defensa.
No hay certeza sobre qué se cultivaba en la chacra Muñoz. Tampoco queda claro cuándo desapareció físicamente del mapa. Pero se sabe esto: existió, tuvo dueño, tuvo nombre, fue registrada, testada y rematada conforme a ley. Eso basta para que no se disuelva del todo. Porque incluso cuando ya no quedan ni piedras ni herederos, queda algo más duradero: el respeto por el procedimiento cumplido, por la herencia bien resuelta, por la forma civil. Mientras quede un papel que diga la verdad, mientras una firma o una fecha sobrevivan al polvo y a la desidia, habrá patria. No en el grito, sino en el acto cumplido. No en la consigna, sino en la escritura. Así se sostiene la república: con peruanos que hicieron lo que debían, y a quienes hoy, precisamente por eso, tenemos el deber de recordar.
Fuentes:
(1) Testamento de Baltasar Lequerica y Carrión, otorgado ante el notario Manuel Gálvez, Lima, 4 de abril de 1872. Archivo Familiar de Paul Rizo-Patrón.
(2) Juzgado Privativo de Aguas del Cabildo de Lima. Registro de propietarios, año 1785. Transcripción incluida en el expediente 626.04.22. Archivo Familiar de Paul Rizo-Patrón.
(3) Testamento de Ana María Lequerica, Lima, 1854. Copia manuscrita conservada en el mismo expediente.
(4) Recibo original de la Imprenta de El Nacional, Lima, 30 de mayo de 1870, y recibo original de la Imprenta de El Comercio, 1 de junio de 1870. Ambos documentos registran pagos efectuados por don Baltasar Lequerica por concepto de avisos de remate.
Imágenes: Colección personal JRT