17.2 C
New York
domingo, 8 junio, 2025
InicioOpiniónDivorcio en el Perú: por la abogada de familia Fiorella Jaimes

Divorcio en el Perú: por la abogada de familia Fiorella Jaimes

Para hablar de divorcio debemos empezar señalando que es el matrimonio. Nuestra legislación peruana en el Código Civil, en su artículo 234º, define que el matrimonio es “la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida común». Es decir, el matrimonio genera derechos y también obligaciones, sin embargo, son muchos los factores por los cuales se genera la ruptura y separación, es por ello que el día de hoy mediante el presente artículo vamos a brindarles las alternativas y beneficios que tiene el cónyuge que dedico su vida al matrimonio y ahora después de 10, 20 y hasta 30 años de matrimonio se separa.

Es importante precisar que el cónyuge que entregó su tiempo a vivir en respeto al otro cónyuge, que se dedicó a la crianza de los hijos o dejo de lado su superación profesional, ejercer su carrera técnica y/o profesional y hasta dejó de trabajar y se dedicó a ser ama de casa puede solicitar en el divorcio de mutuo acuerdo o con causal una pensión de alimentos para su manutención mensual, aquí es importante señalar que si el cónyuge que solicita la pensión cuenta con capacidad económica por herencia o sucesión intestada y de ello se generan ingresos, rentas y otros, ya no podrá solicitar una pensión alimenticia porque no configura el estado de necesidad que se requiere para poder pedir al otro cónyuge una pensión alimentaria, debido que si tiene ingresos y puede mantenerse por sí mismo con sus ingresos que percibe de forma mensual.

Asimismo, si hablamos de una infidelidad o conducta deshonrosa, violencia física y psicológica con sentencia firme y consentida y cualquier otra causal que se pruebe el agravio al otro cónyuge, este puede solicitar como afectado una indemnización por daños y perjuicios dependiendo de la magnitud de la deshonra y también puede solicitar la adjudicación de los bienes en común de la sociedad de gananciales, es decir si hablamos de un matrimonio por sociedad de gananciales y a cada cónyuge le corresponde el 50%, ahora puedo solicitar que se le adjudique el 50% del otro cónyuge por el perjuicio ocasionado ante la ruptura del matrimonio.

Ante ello se da una pregunta, ¿los matrimonios que se casan por separación de bienes pueden solicitar una indemnización? La respuesta es sí, debido que, si no habrá una liquidación de la sociedad de gananciales, el cónyuge afectado puede solicitar una indemnización por daños y perjuicios teniendo en consideración los años de matrimonio y el perjuicio ocasionado.

Recordemos que, para ello, será necesario evidenciar con registro fotográficos, pruebas documentarias y otros la entrega y dedicación al hogar debido que sus años de vida fueron para criar a los hijos y ahora son profesionales, o administrando el dinero que ha permitido poder comprar más propiedades, permitir que el otro cónyuge se supere en el tiempo y ahora cuente con un trabajo fijo, con reconocimientos profesionales y un grado académico superior.

Es por ello que es importante tener en cuenta como se dé la ruptura del matrimonio, para así poder tener en cuenta cuales son mis derechos que tengo por el tiempo juntos en matrimonio.

Tenemos dos alternativas de poder lograr esta pensión y/o indemnización con hasta adjudicación de bienes y puede ser por la vía notarial teniendo en cuenta que debe primar la voluntad de las partes y así no acudir a la vía judicial o en caso no se puede lograr llegar a un acuerdo y es necesario que un Juez emita una sentencia para así poder lograr obtener los derechos que le corresponde al cónyuge agraviado.

Cualquiera de las dos alternativas es legales (notarial y judicial), para ello debes contar con un abogado especialista en derecho de familia, el cual te pueda brindar las pautas necesarias y poder asesorarte en el proceso a seguir para poder lograr los beneficios.

Finalmente, mi recomendación como especialista en Derecho de Familia es que agotemos todos los mecanismos necesarios para evitar la ruptura en el matrimonio. Y si a pesar de ello, se genera un agravio, ahora ya sabes que tienes derechos como cónyuge, sin importar el régimen matrimonial.

- Advertisment -

Most Popular

Recent Comments