Tras 15 años en prisión, defensa de Abencia Meza busca que el TC revierta el rechazo a su pedido de semilibertad.
El Tribunal Constitucional (TC) ha dejado al voto el recurso de habeas corpus presentado por la defensa de Abencia Meza, quien busca acceder al beneficio de semilibertad tras haber cumplido 15 años de reclusión en el penal de Santa Mónica.
La controversia jurídica no radica en la condena de 30 años como instigadora del homicidio de Alicia Delgado -la cual la defensa no cuestiona-, sino en la vigencia de la norma aplicada para denegar su excarcelación.
El conflicto de fechas: ¿2012 o 2020?
El núcleo de la demanda presentada por el abogado Humberto Abanto sostiene que el Poder Judicial incurrió en un error al aplicar el Código de Ejecución Penal de 2020 para resolver el pedido de la sentenciada. El argumento de la defensa se basa en los siguientes puntos clave:
- Firmeza de la condena: Aunque la Corte Suprema ratificó la sentencia en 2020 (tras una anulación previa del TC en 2019), la defensa alega que Meza ya contaba con una condena firme en 2012 y estaba sometida a tratamiento penitenciario desde 2011.
- Cambio normativo: En 2018, el Código fue modificado para prohibir la semilibertad en delitos graves como el homicidio calificado. Al aplicarse la normativa de 2020, el Poder Judicial denegó automáticamente el beneficio.
- Principio de favorabilidad: Abanto sostiene que debe respetarse el marco legal de 2012, bajo el cual la semilibertad sí era aplicable para su caso, permitiendo así que la artista inicie su reinserción social mediante el trabajo o estudio.
Postura de las instituciones y definición del beneficio
Durante la audiencia, los procuradores del Poder Judicial y del INPE defendieron la legalidad de las resoluciones previas, argumentando que se actuó conforme a la ley vigente al momento del último fallo definitivo. Tras escuchar las partes, los magistrados no formularon preguntas y el caso quedó expedito para su resolución.
Para acceder a la semilibertad, la normativa general exige que el interno cumpla requisitos estrictos, entre los que destacan:
- Haber cumplido al menos un tercio de la pena (en este caso, 10 años de los 30 impuestos).
- Carecer de procesos pendientes con mandato de detención.
- Estar ubicado en etapas de mínima o mediana seguridad.
- Acreditar el pago de días multa y, al menos, el 10% de la reparación civil fijada en la sentencia.
