El titular del Poder Legislativo, Fernando Rospigliosi, sostuvo que la bancada de gobierno debería asumir la presidencia tanto de la Cámara de Diputados como de la Cámara de Senadores en el nuevo Congreso Bicameral.
Según argumentó, esta medida busca dotar de estabilidad institucional y sustento político a la administración de la presidenta electa, Keiko Fujimori Higuchi, cuyo mandato constitucional inicia formalmente este 28 de julio. Rospigliosi precisó que esta propuesta se ampara en una sólida tradición política peruana aplicada en anteriores periodos bicamerales, aunque aclaró que la composición final de las mesas directivas se definirá mediante votación parlamentaria este domingo 26 de julio.
Antecedentes de conducción legislativa y retorno a la bicameralidad
El líder parlamentario recordó que, históricamente, los partidos oficialistas han conducido los fueros legislativos al inicio de sus gestiones con el fin de asegurar el respaldo necesario ante coyunturas complejas, citando como precedentes los gobiernos de Fernando Belaunde, Alan García y Alberto Fujimori.
Rospigliosi enfatizó que la reinstauración del modelo de dos cámaras busca mitigar la inestabilidad política que caracterizó a los últimos periodos presidenciales en el país. Tras la elección interna de las mesas directivas este domingo, el nuevo Parlamento Nacional tiene programado iniciar sus funciones oficiales el lunes 27 de julio, un día antes de la transmisión de mando en Fiestas Patrias.
Respuesta institucional ante controversia por el fuero militar-policial
En el ámbito judicial, el presidente del Congreso se pronunció sobre el anuncio del defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, respecto a interponer una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32735, norma que redefine y precisa el delito de función en el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal.
Al respecto, Rospigliosi validó el derecho de la Defensoría de recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC), pero defendió la legalidad de la reforma. Sostuvo que la normativa ratifica lo dispuesto en el artículo 173 de la Constitución, argumentando que las competencias jurisdiccionales del tribunal militar-policial habían sido limitadas previamente de forma irregular mediante una resolución de la Corte Suprema.
