El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) emitió un pronunciamiento institucional con el objetivo de precisar las condiciones técnicas y legales bajo las cuales se autorizó el ingreso del congresista Roberto Sánchez al Establecimiento Penitenciario de Barbadillo.
La entidad penitenciaria aclaró que la presencia del legislador se gestionó en estricto cumplimiento del artículo 33 del Reglamento del Código de Ejecución Penal, dispositivo jurídico que faculta a los miembros del Parlamento Nacional a ingresar a cualquier recinto carcelario del país las 24 horas del día, previa identificación y en ejercicio de sus funciones fiscalizadoras, por lo que la institución descartó de forma categórica el otorgamiento de privilegios, beneficios excepcionales o licencias especiales a favor del citado funcionario.
Garantía de neutralidad institucional y restricciones de seguridad aplicadas
La administración pública remarcó que el procedimiento se ejecutó bajo los estándares de control ordinarios, forzando al parlamentario a ingresar sin comitiva de acompañamiento ni asesores técnicos al perímetro de máxima seguridad. El organismo penitenciario enfatizó que, en cumplimiento del principio de legalidad y neutralidad, la institución carece de atribuciones para restringir los derechos de los representantes de los poderes del Estado sin un mandato judicial expreso, precisando además que no se autorizó ni facilitó ninguna actividad de carácter proselitista dentro de la infraestructura carcelaria, limitándose las acciones del personal de guardia a la vigilancia interna y al mantenimiento del orden público.
Respecto a los cuestionamientos políticos sobre la intencionalidad o el momento de la visita en el marco de la coyuntura del balotaje, el INPE determinó que no posee competencia jurídica para calificar los fines o el presunto uso indebido de las atribuciones que la ley otorga a los congresistas. La institución precisó que cualquier evaluación de carácter ético o sancionador frente a la conducta de Roberto Sánchez corresponde exclusivamente al Congreso de la República o a las instancias jurisdiccionales del Ministerio Público, advirtiendo que variar estas prerrogativas de forma unilateral vulneraría el principio constitucional de separación de poderes.
