El Gobierno del Perú formalizó la extensión del estado de emergencia en 581 distritos de casi todo el territorio nacional mediante la publicación de cuatro decretos supremos en el diario oficial El Peruano. Esta medida técnica busca garantizar la continuidad de las acciones de prevención, respuesta y rehabilitación frente al peligro inminente y los daños ya ocasionados por las intensas precipitaciones pluviales.
Las prórrogas establecidas tendrán una vigencia de 60 días calendario, permitiendo que las autoridades regionales y el Ejecutivo agilicen la ejecución de recursos para mitigar el impacto climático en las zonas vulnerables.
Respecto a la gestión preventiva, los decretos 065 y 066-2026-PCM se centran en el peligro inminente ante la persistencia de lluvias extremas. El primero de ellos alcanza a 298 distritos en 19 departamentos y entrará en vigor el 10 de mayo, mientras que el segundo abarca 92 distritos adicionales a partir del 12 de mayo.
Ambas disposiciones legales priorizan la reducción del «muy alto riesgo» detectado por los informes técnicos, facultando a los gobiernos locales para intervenir en infraestructuras críticas antes de que ocurran desastres mayores.
En cuanto a la atención de desastres ya ocurridos, los decretos 067 y 068-2026-PCM prorrogan la emergencia en áreas que ya registran daños materiales y personales. Estas normas cubren un total de 191 distritos (107 y 84 respectivamente) en diversas regiones del país, incluyendo Amazonas, Áncash, Cajamarca y La Libertad.
Estas medidas, vigentes desde el 12 de mayo, están orientadas estrictamente a la rehabilitación de servicios básicos y la asistencia directa a los damnificados, asegurando que las operaciones de auxilio no se interrumpan por falta de marco legal o presupuesto durante el periodo de crisis climática.
