Entre las restricciones dispuestas con miras a lase elecciones del domingo 12 de abril está la denominada «ley seca». Conozca desde cuándo rige y cuáles son las sanciones por no acatarla.
Esta es una de las restricciones electorales que entró en vigencia este lunes 6 de abril, tal como lo dispone el cronograma electoral elaborado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
En el caso de la «ley seca», esta regirá desde las 08:00 horas del sábado 11, hasta las 08:00 del lunes 13 de abril, lapso en el que no está permitido el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase.
Asimismo, se dispone el cierre de los establecimientos, o los espacios de los establecimientos comerciales, dedicados exclusivamente a dicho expendio.
Su incumplimiento se sanciona con cárcel no mayor de seis meses y multa no menor del 10 % del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa (S/ 3 390 soles).
Al respecto, la abogada experta en temas electorales y exsecretaria del JNE, Alexandra Marallano, explicó que la Ley Orgánica de Elecciones dispone las multas que deberán imponerse ante la ocurrencia del incumplimiento.
Además, explicó que el JNE, a través de sus fiscalizadores a nivel nacional, deberán encargarse de supervisar y verificar el cumplimiento de todas las restricciones.
