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sábado, 28 junio, 2025
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Investigación a Gustavo Petro: Corte Constitucional dictamina que el CNE no es competente

La Corte Constitucional ha fallado a favor del presidente Gustavo Petro, determinando que la investigación en su contra por la presunta violación de topes en su campaña presidencial de 2022 ya no estará a cargo del Consejo Nacional Electoral (CNE).

En una decisión reñida, la Sala Plena del alto tribunal estableció que la única autoridad competente para investigar al jefe de Estado por estos hechos es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.

«DECLARAR que la Cámara de Representantes es la autoridad competente para asumir la investigación respecto del ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego, en su calidad de presidente de la República, por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, de las cuales fue candidato», señaló la magistratura.

La Corte Constitucional también ordenó al CNE, donde el presidente estaba siendo investigado, que envíe las diligencias a la Comisión de Acusaciones en un plazo máximo de cinco días. Esto permitirá que la Comisión «ejerza las competencias que le corresponden respecto del presidente de la República Gustavo Francisco Petro Urrego, de conformidad con lo indicado en el resolutivo de esta providencia», agregó la Corte.

Además, en su determinación, la Sala Plena dejó en firme la competencia del CNE para investigar a todos los demás integrantes de la campaña Petro Presidente 2022. La decisión establece: «DECLARAR que el Consejo Nacional Electoral es competente para investigar a las campañas, partidos, movimientos o a cualquier miembro de las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos, con excepción del candidato y hoy presidente».

Por otra parte, y ante el conflicto de competencias surgido entre el CNE y la Comisión de Acusaciones, la Corte Constitucional exhortó al Congreso a reglamentar la materia. El objetivo es garantizar «el derecho fundamental al debido proceso, la estabilidad institucional y la separación de funciones del poder público».

Los votos que se apartaron de la decisión mayoritaria a favor del presidente fueron los de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, José Fernando Reyes, Lina Marcela Escobar y Paola Meneses Mosquera.

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