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El excongresista Kenji Fujimori deberá cumplir una obra de bien social o realizar 10 horas de servicio comunitario como parte de la sentencia con libertad suspendida que recayó sobre él por el delito de tráfico de influencias, caso conocido como ‘Mamanivideos’.
La decisión de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema respondió a un recurso interpuesto por la defensa del exlegislador el 18 de abril de 2026. Según El Comercio, la representación legal solicitó especificar las jornadas, debido a un reporte de la Subdirección de Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) emitido el 1 de abril de 2026.
En el documento se indica que, la entidad penitenciaria advirtió que el sentenciado no podía iniciar sus labores comunitarias, debido a que no se precisó la cantidad de jornadas que le correspondería realizar. Por ello, la defensa del excongresista indicó que “impide dar inicio al cumplimiento efectivo de dicha regla de conducta en el medio libre».
Ante esta situación, el tribunal supremo estableció que la sanción contempla dos alternativas: una obra social junto con un informe detallado que deberá presentar ante el juez de investigación preparatoria o un servicio comunitario o comunal, equivalente a 10 horas, bajo la supervisión de la Oficina de Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario de Lima.
Si el excongresista elige la segunda opción, deberá establecer un horario de trabajo ante el juzgado supremo. Con esta información, el tribunal notificará al INPE para que le asigne una entidad pública o servicio oficial donde complete las horas. Una vez concluidas las jornadas, la entidad penitenciaria enviará el reporte de confirmación al juez.
Como se recuerda el 2022, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dictó para Kenji Fujimori cuatro años y seis meses de prisión suspendida. Consecutivamente, en 2024, la Corte Suprema ratificó su condena, pero varió la pena a prisión suspendida.
