La acusación se enmarca en la investigación por presunta corrupción durante su gestión como gobernador regional de Moquegua.
El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada ha programado para este miércoles 25 de junio de 2025, a las 11:30 horas, una audiencia presencial crucial. En ella, se evaluará el pedido de prisión preventiva por 36 meses contra el expresidente Martín Vizcarra.
El fiscal Germán Juárez Atoche, del Equipo Especial Lava Jato, formalizó esta solicitud. Argumenta que existen riesgos de fuga y de obstaculización de la justicia por parte del exmandatario. La Fiscalía sostiene que Vizcarra, durante su gestión como gobernador regional de Moquegua (2011-2014), habría favorecido la adjudicación de dos grandes proyectos a empresas constructoras, incluida Obrainsa, a cambio de sobornos.
Según la tesis fiscal, hay suficientes elementos de convicción que vinculan a Vizcarra con la recepción de más de un un millón de soles en coimas. Estos presuntos actos de corrupción están relacionados con la adjudicación del proyecto de irrigación Lomas de Ilo y la construcción y mejora del Hospital Regional de Moquegua, obras de alto presupuesto durante su administración.
Detalles del caso Lomas de Ilo
El proyecto Lomas de Ilo buscaba ampliar la frontera agrícola en Moquegua. La Fiscalía alega que Vizcarra habría solicitado y recibido dinero de manera indebida a través de intermediarios y colaboradores cercanos. Responsables de las constructoras han declarado que Vizcarra les exigió pagos para asegurar la adjudicación de la licitación pública, valorada en decenas de millones de soles.
El Ministerio Público ha recopilado documentos, testimonios y peritajes que, según su criterio, prueban el acuerdo irregular y los pagos realizados al entonces gobernador regional.
El Caso del Hospital Regional de Moquegua
El segundo proyecto investigado es la ampliación y mejora del Hospital de Moquegua, también licitada durante la gestión de Vizcarra. La Fiscalía indica un modus operandi similar: la adjudicación habría estado condicionada al pago de sobornos. En ambos casos, Vizcarra es señalado como autor directo del delito de cohecho pasivo propio.
Los testimonios de colaboradores eficaces refuerzan la hipótesis fiscal. Estos relatan reuniones, canales de entrega de dinero y la planificación de los pagos, que habrían contado con la participación directa de Vizcarra o de terceros que actuaban en su representación.
El pedido de 36 meses de prisión preventiva se fundamenta en la necesidad de asegurar el desarrollo del proceso penal. El fiscal Juárez Atoche advierte riesgos concretos de que Vizcarra pueda dificultar la investigación, dada su capacidad de influencia, acceso a medios de comunicación y poder político, así como la posibilidad de abandonar el país.
El Ministerio Público también enfatiza la gravedad de los hechos, que afectan directamente la administración pública y los recursos del Estado, y la importancia de garantizar un juicio sin interferencias.
La normativa vigente establece que, si la defensa del imputado no asiste a la audiencia sin justificación, se impondrá una multa según la Ley Orgánica del Poder Judicial. Si la ausencia es del defensor público, se informará a la Dirección Nacional de la Defensoría Pública.
La audiencia se realizará de manera presencial debido a la naturaleza del requerimiento de prisión preventiva, garantizando así las garantías procesales y el adecuado desarrollo del debate.