El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) emitió un comunicado para rechazar rotundamente las acusaciones de un congresista sobre supuestas irregularidades en la aprobación de la Tarifa Unificada de Uso Aeroportuario (TUUA) para pasajeros en conexión en el Nuevo Jorge Chávez.
Ositrán enfatizó que su función principal es supervisar el cumplimiento de los contratos de concesión entre el Estado peruano y los concesionarios de infraestructura de transporte, como el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Aseguró que no tiene la facultad de modificar unilateralmente estos contratos ni ignorar sus cláusulas, a menos que una autoridad competente lo ordene expresamente. Su deber es, precisamente, asegurar que lo pactado en los contratos se cumpla.
En este sentido, el organismo regulador explicó que la Adenda N.° 6 al Contrato de Concesión del AIJC, firmada el 8 de marzo de 2013 entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y Lima Airport Partners (LAP), autorizó explícitamente el cobro de la TUUA a pasajeros en transferencia una vez que el nuevo terminal entrara en funcionamiento. Esta adenda fue aprobada y publicada oficialmente el 9 de marzo de 2013 en el Diario Oficial El Peruano, y hasta la fecha no ha sido cuestionada ni anulada por ninguna autoridad. Por ello, Ositrán calificó de «incomprensible» que, más de diez años después, se alegue su invalidez o ilegalidad.
El proceso de fijación de la TUUA de Transferencia, iniciado por Ositrán el 6 de junio de 2024, se llevó a cabo en estricto cumplimiento del Reglamento General de Tarifas de Ositrán. El organismo subrayó que el procedimiento tarifario fue técnico, transparente y participativo, extendiéndose por más de diez meses. Durante este tiempo, la ciudadanía tuvo acceso a toda la documentación técnica y pudo intervenir en una Audiencia Pública realizada el 6 de febrero de 2025, cuya información está disponible en el portal institucional de Ositrán. Por lo tanto, calificó de «inaceptable y desinformado» afirmar que la tarifa se aprobó arbitrariamente sin seguir los procedimientos establecidos.
La resolución que aprueba la tarifa fue emitida el 28 de marzo de 2025 por la Presidencia Ejecutiva de Ositrán, en conformidad con su Reglamento de Organización y Funciones. Esta medida se consideró necesaria para evitar el incumplimiento de los compromisos contractuales del Estado peruano con el concesionario, dado que la tarifa debía entrar en vigencia el 30 de marzo de 2025.
Finalmente, Ositrán lamentó los intentos de desinformar a la ciudadanía con afirmaciones infundadas, ya que esto no solo distorsiona los hechos sino que compromete la confianza en la institucionalidad del país. Afirmó que proteger a los usuarios implica informar con veracidad y responsabilidad.
El organismo enfatizó que el respeto a los contratos es fundamental para garantizar la seguridad jurídica, la credibilidad del Estado peruano y su capacidad para atraer inversiones responsables que beneficien a los ciudadanos. Ositrán reafirmó su compromiso con la defensa técnica, objetiva e imparcial de los intereses del Estado, los usuarios y los inversionistas, y continuará ejerciendo su labor con profesionalismo y transparencia.
Además, hizo de conocimiento que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) ha conformado el Comité de Selección para designar a nuevos integrantes de los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores, esperando que esto resuelva pronto los inconvenientes causados por la falta de quorum en Ositrán.