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jueves, 15 mayo, 2025
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Operación de refinerías asegurada por medidas del Ministerio de Energía y Minas

MINEM da plazo adicional para completar registro de instalaciones operativas de refinerías

El Gobierno del Perú, a través del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), promulgó hoy una normativa crucial para asegurar la continuidad operativa de las instalaciones de refinación y procesamiento de hidrocarburos que aún se encuentran en proceso de inscripción en el Registro de Hidrocarburos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

El Decreto Supremo N° 008-2025-EM, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece un mecanismo que permite a estas instalaciones, incluyendo la Refinería de Talara operada por Petroperú, mantener sus operaciones mientras culminan la obtención de los títulos habilitantes, certificados, opiniones técnicas y demás permisos sectoriales requeridos por ley. Esta medida se alinea con los objetivos de la Política Energética Nacional 2010-2040, que busca garantizar la seguridad y estabilidad del suministro energético.

La normativa exige a los titulares de estas instalaciones la presentación de un cronograma detallado a Osinergmin en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de su entrada en vigor. Este cronograma, con un límite de 18 meses, deberá incluir hitos de avance mensuales para cada actividad programada.

Durante este periodo de regularización, las operaciones de las refinerías y plantas de procesamiento continuarán sin interrupción. Osinergmin, por su parte, llevará a cabo un riguroso seguimiento técnico del cumplimiento del cronograma. La norma también contempla la posibilidad de otorgar ampliaciones de plazo de manera excepcional, siempre que estas sean debidamente sustentadas por el MINEM y se justifique su necesidad para evitar impactos negativos en el abastecimiento interno de combustibles.

Según el Poder Ejecutivo, la principal finalidad de esta disposición es prevenir cualquier interrupción en el suministro de combustibles a nivel nacional y, de esta manera, fortalecer la seguridad energética del país. Esta acción se enmarca en los compromisos asumidos en la modernización de la infraestructura energética crítica para el desarrollo nacional.

Finalmente, la norma especifica que, debido a su carácter urgente y su objetivo de asegurar la operatividad de entidades públicas que desarrollan procesos esenciales para la energía del país, se excluye la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante en este caso.

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