Defensoría del Policía asume la defensa técnica del subtercero PNP Davi Peña Zea.
El Ministerio del Interior (Mininter), mediante la Defensoría del Policía, asumió el patrocinio legal especializado del suboficial de tercera PNP Davi Jonhatan Peña Zea, quien enfrenta un nuevo juzgamiento por la presunta comisión del delito de homicidio simple. Las acciones legales responden al uso de su arma de fuego de reglamento para repeler un asalto armado registrado el 22 de junio de 2023 en San Juan de Miraflores, hecho por el cual fue absuelto previamente en mayo de 2025.
De acuerdo con el expediente del caso, el efectivo laboraba fuera de su horario de servicio como conductor de taxi de aplicativo cuando trasladó a dos pasajeros hacia el sector de Pamplona Alta. En el trayecto, los sujetos lo agredieron en la cabeza y lo amenazaron con armas de fuego para despojarlo de sus pertenencias. Tras descender del vehículo para darse a la fuga, Peña Zea se identificó como miembro de la Policía Nacional y les ordenó detenerse; ante la amenaza inminente de uno de los asaltantes, quien hizo el ademán de apuntarle con un revólver, el suboficial repelió el ataque con su arma reglamentaria.
Las pericias e investigaciones de campo determinaron que los dos delincuentes portaban armas. Junto al cuerpo del agresor fallecido, identificado como Kevin Aaron Castro Ruiz, los peritos hallaron un revólver calibre .22, mientras que en el interior del automóvil se recabó una cacerina de pistola 9 mm abastecida con tres cartuchos, correspondiente al segundo implicado que huyó de la escena.
De la absolución al nuevo juzgamiento
Pese a que las indagaciones preliminares catalogaron al agente en calidad de agraviado por el delito de robo agravado, la Fiscalía formuló acusación por homicidio simple. Si bien el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de San Juan de Miraflores emitió una sentencia absolutoria en mayo de 2025, la Primera Sala Penal de Apelaciones de Chorrillos declaró la nulidad de oficio el 13 de abril de 2026, ordenando la realización de un nuevo juicio oral a cargo de otro colegiado.
Durante el desarrollo de la audiencia, el director general de la Defensoría del Policía, Máximo Gustavo Ramírez de la Cruz, junto con el equipo legal de la institución, fundamentaron la actuación del suboficial amparándose en el marco constitucional del uso de la fuerza. La defensa invocó el artículo 166 de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo N.º 1267 (Ley de la PNP) y el Decreto Legislativo N.º 1186, que norma el uso de la fuerza por parte del personal policial.
Ramírez de la Cruz enfatizó que la responsabilidad del policía permanece vigente aun fuera de su turno regular cuando se vulnera la ley o la integridad ciudadana, garantizando que el sector Interior mantendrá el patrocinio legal hasta el término del proceso dentro del respeto a la autonomía judicial.
