Desde el 29 de abril, se mantiene el apoyo de las Fuerzas Armadas a la PNP tras prórroga de la emergencia.
El Poder Ejecutivo oficializó la prórroga del estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao por un periodo de 60 días calendario, lo que representa el doble de la vigencia otorgada en la medida anterior.
Según el Decreto Supremo Nº 062-2026-PCM, la extensión entra en vigor este miércoles 29 de abril como respuesta directa a los informes reservados de la Policía Nacional del Perú (PNP), que advierten sobre la persistencia de delitos de alta gravedad como el sicariato, la extorsión y el homicidio en ambas jurisdicciones.
Continuidad del orden interno y libertades restringidas
La normativa actual no introduce modificaciones sustanciales respecto a las disposiciones previas, manteniendo el control del orden interno bajo la responsabilidad de la PNP con el apoyo estratégico de las Fuerzas Armadas.
El marco legal faculta la limitación o suspensión de derechos constitucionales fundamentales, específicamente la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la seguridad personal. Las intervenciones operativas se concentrarán en zonas críticas determinadas mediante inteligencia y mapas del delito, permitiendo que las fuerzas del orden actúen con mayor celeridad en puntos de alta peligrosidad.
Regulación de actividades y uso de la fuerza
En cuanto al desarrollo de eventos, las actividades de carácter masivo en ámbitos religiosos, culturales o deportivos continúan sujetas a la obtención de permisos ante las autoridades competentes, de acuerdo con el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad.
No obstante, las reuniones sociales no masivas, tales como celebraciones familiares o bautizos, podrán realizarse sin necesidad de autorización previa. El ejercicio de la fuerza pública seguirá regido por los Decretos Legislativos Nº 1186 y Nº 1095, asegurando que tanto la Policía como el Ejército actúen bajo protocolos de proporcionalidad, incluyendo protecciones específicas para mujeres y personas en situación de vulnerabilidad.
Supervisión y rendición de cuentas
Una vez concluido el plazo de 60 días, el Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) está obligado a presentar un informe detallado con los resultados obtenidos ante el Ministerio del Interior, documento que posteriormente será remitido a la Presidencia de la República, al Congreso y al Poder Judicial.
El financiamiento de estos operativos se gestionará a través de los recursos ordinarios de los sectores involucrados, con la posibilidad de solicitar partidas adicionales al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) según la disponibilidad presupuestal, garantizando así la sostenibilidad de las operaciones de seguridad en la capital y el primer puerto.
