En cumplimiento del artículo 198 de la Ley Orgánica de Elecciones Ley N.º 26859 y en el marco de la convocatoria de las elecciones regionales y municipales 2026, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) hace público desde este miércoles 22, hasta el domingo 26 de abril, la Lista del Padrón Inicial (LPI).
Como se recuerda, el pasado 7 de enero, el Poder Ejecutivo convocó a la jornada democrática para el próximo domingo 4 de octubre, donde se tiene prevista la participación de 26 353 329 electores, de los cuales 13 235 796 son mujeres y 13 117 533 son hombres.
Según el RENIEC, la Lista del Padrón Inicial permite una «consulta diferenciada y sencilla» únicamente por distrito electoral. En ese sentido, cada ciudadano puede acceder a su propia información (DNI, nombres completos, dirección domiciliaria y grupo de votación). En cambio, en el caso de las otras personas de su distrito electoral, solo podrá ver información básica.
Además, el padrón se encuentra también disponible de forma física en espacios públicos de los 404 distritos de los 22 departamentos del país, donde la cobertura de internet es limitada.
Del mismo modo, la ciudadanía puede solicitar tachas en casos de fallecimiento o si su defunción no ha sido registrada en el Reniec, así como contra una persona recluida en un centro penitenciario y que no debería figurar en el padrón.
Asimismo, si los ciudadanos encuentran alguna omisión en el registro propio, pueden presentar el reclamo con el debido sustento, a través de Mesa de Partes Virtual del Reniec, para lo cual deberán descargar el formulario correspondiente y luego ingresarlo a la siguiente plataforma: (https://apps.reniec.gob.pe/MesaPartesVirtual/) o también, a través de las agencias del Reniec de manera física.
Culminado el plazo de publicación de la Lista del Padrón Inicial, el Reniec entrará en una etapa de procesamiento de los reclamos y las tachas presentadas. Posteriormente, la entidad remitirá el Padrón Electoral Preliminar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en un plazo no mayor al 7 de mayo y deberá ser aprobado por este mismo organismo antes del 6 de junio.
