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miércoles, 21 mayo, 2025
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EL MITO DEL REINFO ETERNO por Jorge de Lama Vargas

Tremendo alboroto se armó por el supuesto ‘‘REINFO Hereditario’’. A este ‘‘tren fantasma’’ empujado por las ONGs anti mineras, opinólogos en redes sociales y los medios de comunicación, se sumaron políticos de todas las veredas, repitiendo el mito que les habían vendido. Veamos.

La Ley 32213 aprobada por el Congreso de la República, señala en su tercera disposición complementaria, que la vigencia del proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, culmina el 30 de junio de 2025, pudiendo ser ampliado por única vez por seis meses adicionales mediante Decreto Supremo. Por lo que, salvo que el Congreso mismo modifique la ley, el REINFO acabará el 31 de diciembre del 2025.

Cualquier alumno del primer ciclo de derecho sabe que la ley solo puede modificarse por otra ley. Por tanto, aunque suene redundante decirlo, ningún reglamento podría extender el plazo de vigencia del REINFO.

Dicho esto, en cuanto a la figura del ‘’REINFO hereditario’’, etiqueta que convenientemente le han puesto los interesados en desestabilizar al gobierno, el reglamento de la Ley 32213 aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EM señala que, se puede transferir la titularidad de la inscripción del REINFO por sucesión cuando fallece el minero en proceso de formalización titular de la inscripción por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción, para determinar un único responsable de los impactos generados por el desarrollo de la actividad minera y culmine el proceso de formalización minera integral.

¿Esto significa que la vigencia del REINFO se ha ampliado? No. Entonces ¿A qué supuestos se aplica este artículo? A aquellos que se materialicen durante el plazo de vigencia de la norma. ¿Podrá transferirse la titularidad del REINFO luego de vencido el plazo de su vigencia? No.

¿Entonces que hay detrás de todo este revuelo? Intereses políticos que buscan desestabilizar o arrinconar al gobierno ad portas del proceso electoral del 2026, movidos por una campaña iniciada por quienes buscan eliminar el REINFO y que se criminalice a más de 200 mil peruanos que se dedican a la minería artesanal. 

¿La norma es pertinente? Claro que sí. Hay mineros que iniciaron el proceso de formalización, invirtieron dinero elaborando estudios, desarrollando labores, extrayendo mineral, pero que por diversas causas fallecieron. Algunos trabajaron las labores con sus familias e invertían el dinero familiar en su actividad.

Por tanto, resulta propio de un estado que tiene como fin supremo a la persona humana y su dignidad, permitir que la familia pueda resguardar esa inversión y no perderla.  El Estado nunca se puso en los zapatos de esas familias y luego de más de 15 años de iniciado el proceso de formalización fallido de Ollanta Humala recién contempla dicha posibilidad.

Por otro lado, también permite determinar un responsable de los impactos generados. Sería peor que la labor quedara abandonada sin nadie a quien responsabilizar.

Lamentablemente nos cuesta mucho legislar poniéndonos en los zapatos de nuestros compatriotas. Los vemos como enemigos en lugar de verlos como hermanos, olvidando que detrás de cada caso hay una vida, una familia, una historia de esfuerzo. Urge reflexionar si este es el Perú que queremos. Urge que reflexionemos si así es el Perú que queremos.

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