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jueves, 26 junio, 2025
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Ejecutivo aprueba reglamento del Consejo Nacional de Política Criminal

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó el Reglamento de la Ley 29807, que crea el Consejo Nacional de Política Criminal, que consta de cuatro títulos, dos capítulos, tres subcapítulos y 23 artículos.

La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo 012-2025-JUS, publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En los considerandos de la norma se precisa que el Decreto Legislativo 1658 modificó aspectos sustanciales del Consejo Nacional de Política Criminal, referidos, entre otros, al proceso de formulación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en materia criminológica, así como a la mejora de la gestión de información, por lo que se consideró necesario actualizar el Reglamento de la Ley 29807.

La implementación de lo establecido en el Reglamento de la Ley 29807 se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

El presente decreto supremo y el reglamento aprobado son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para orientación al ciudadano (www.gob.pe), así como en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

La disposición complementaria del dispositivo establece la derogación del Decreto Supremo 008-2012-JUS, que aprueba el Reglamento del Consejo Nacional de Política Criminal.

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