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Luego de que concluyera un periodo de orientación de 45 días en los distritos de Lima norte, centro y sur, la Policía Nacional del Perú (PNP) inició desde este 2 de agosto el cobro de multas de S/ 550 para los usuarios de motocicletas eléctricas que utilicen las ciclovías de la capital.
La medida establece que estas vías son de uso exclusivo para bicicletas y vehículos de movilidad personal debidamente autorizados, por lo que el ingreso de motos eléctricas constituye una infracción grave.
El código G32 es el que tipifica esta falta en el reglamento, y su sanción económica equivale al 10 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), lo que representa exactamente S/ 550. La ausencia de documentos como la licencia de categoría B-IIa, la placa de rodaje, el SOAT o la Tarjeta de Identificación Vehicular genera sanciones adicionales que podrían superar los S/ 2500.
La normativa vigente exige que todo vehículo eléctrico que supere los 25 km/h cuente con la documentación completa. La PNP precisó que la licencia A-I, que habilita para automóviles particulares, no es válida para manejar este tipo de motocicletas. La multa más alta dentro de este esquema corresponde a la conducción sin la licencia B-IIa, que asciende al 50 % de la UIT, es decir, S/ 2750, mientras que la falta de placa o de SOAT se sanciona con el 12 % de la UIT, (S/ 660).
Además de las penalidades económicas, los agentes de la PNP tienen la facultad de retener el vehículo y disponer su internamiento en el depósito oficial si el propietario no acredita la tarjeta de propiedad o la placa de rodaje.
