El Congreso de la República oficializó hoy la resolución legislativa que delega en la Comisión Permanente del Parlamento la facultad de legislar.
En tal sentido, se delega en la Comisión Permanente del Congreso, según lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política, la facultad de legislar, a partir del día siguiente del término de la Segunda Legislatura Ordinaria correspondiente al Periodo Anual de Sesiones 2024-2025 hasta el 24 de julio de 2025.
Asimismo, precisa que podrá ver los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el Orden del Día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como los que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.
Además, las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.
De igual modo, establece como limitaciones aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú.