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miércoles, 28 mayo, 2025
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Bolivia: TSE restaura personería jurídica del partido PAN-BOL que acompaña candidatura de Evo Morales

Sala Constitucional de La Paz revierte el fallo del TSE sobre PAN-BOL y el partido dice que está habilitado

En el mismo fallo se instruye al TSE dictar una nueva resolución, en la que fundamente su decisión y considere las observaciones del partido político.

La Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz determinó, la tarde del lunes, revocar la resolución aprobada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) que cancelaba la personería jurídica del Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-BOL).

Además, en el mismo fallo se instruye al TSE dictar una nueva resolución, en la que fundamente su decisión y considere las observaciones del partido político.

La resolución fue emitida en atención al amparo constitucional que presentó el partido político, para reclamar por la anulación de su personería jurídica, que en su criterio no correspondía.

“Hoy ha sido un día histórico, existen autoridades probas enmarcadas en la ley, se demostró que la justicia divina y la legal han ido de la mano”, declaró Ruth Nina, presidenta del partido.

Así también hizo referencia a la lucha que se efectuó por el instrumento político que es de los pueblos, de los humildes, de las 36 naciones indígenas, del pueblo que marchó –más de 4 millones-.

PAN-BOL acogió como su candidato a la presidencia al expresidente Evo Morales, quien por la Carta Magna y un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) está imposibilitado de postular a un nuevo periodo de Gobierno.

De acuerdo con el abogado Andrés Torres, miembro del equipo jurídico de PAN-BOL, el partido está habilitado para terciar en las elecciones porque hasta el pasado 19 de mayo, plazo en que vencía el registro de candidatos, se entregaron las listas por correo electrónico.

A inicios de mayo, el TSE determinó la anulación de la personería jurídica de PAN-BOL debido a que no logró el 3% de la votación en las elecciones pasadas. La decisión fue asumida luego de la denuncia interpuesta por el ciudadano Peter Erlwein Beckhauser.

No obstante, el abogado Beckhauser, Diego Coimbra, citado por DTV, calificó de sesgada y arbitraria la resolución de la justicia porque PAN-BOL no alcanzo los votos necesarios en el 2020, lo que creó esta situación de “inseguridad jurídica” porque ya se había resuelto está situación.


Justicia deja en manos del TSE situación del MTS que lleva a Andrónico Rodríguez de candidato

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Beni dejó en manos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) la cancelación o no de la personalidad jurídica del Movimiento Tercer Sistema (MTS), que forma parte de la Alianza Popular que lleva a Andrónico Rodríguez como candidato presidencial.

“La Sala Constitucional no ha dispuesto la cancelación de la personería jurídica o de la personalidad jurídica del Movimiento Tercer Sistema, es el Tribunal Supremo Electoral quien tiene esa facultad que se encuentra reservada, precisamente, a esta instancia electoral demandada”, explicó el magistrado Marco Antonio Justiniano en la audiencia.

Peter Erlwein Beckhauser presentó la acción de cumplimiento en contra del TSE con el objetivo de que se le retire la personalidad jurídica al MTS por incumplir tres resoluciones del ente electoral vinculadas a la renovación de su directiva.

Diego Coímbra, abogado de Erlwein Beckhauser, informó a periodistas que la Sala Constitucional ha “decidido conceder tutela y ordena al Tribunal Supremo Electoral aplicar lo establecido en el artículo 58, inciso B, de la Ley 1096, vale decir, cancelar la personalidad jurídica de la organización política Movimiento Tercer Sistema por haber incumplido tres resoluciones del Tribunal Supremo Electoral”.

Sin embargo, Justiniano aclaró que la Sala Constitucional “no ha ordenado la cancelación de la personería de Movimiento Tercer Sistema” porque se respeta la institucionalidad del TSE.

Argumentó que esta sala no “puede suplir o desconocer las facultades y atribuciones de otros órganos, en este caso del Tribunal Supremo Electoral”.

Insistió que el TSE debe considerar los “antecedentes y razonamientos” descritos en la resolución de la sala y “la debida observancia del procedimiento conducente al cumplimiento efectivo del referente mandato”, pero será el TSE “quien determinará lo que por imperio de la ley corresponda, procurando siempre la eficacia y aplicabilidad de los principios democráticos vigentes”.

En caso de que el TSE cancele la personalidad jurídica del MTS dejaría en nada la Alianza Popular conformada, además, por las agrupaciones Partido Socialista Revolucionario (PSR) y Movimiento Autonomista de Trabajo y Esperanza (MATE), y que postula a Rodríguez a la Presidencia y a Mariana Prada a la Vicepresidencia.

Justamente a la espera de esta decisión judicial, el TSE dejó en pausa el registro de la candidatura del binomio presidencial, como del resto de candidatos.

Similar demanda a la de Erlwein Beckhauser presentó en La Paz la exesposa de Félix Patzi, Maziel Terraza, quien también pelea por la conducción del Movimiento Tercer Sistema.

Coímbra explicó que el MTS tendrá que “ser sometido a un proceso administrativo sumarísimo, como estableció la Sala Constitucional, a efecto de que no se vulneren derechos al debido proceso de derecho a la defensa”.

Según el abogado, el TSE debería cumplir la decisión judicial en menos de 10 días.

El recurso de la exesposa de Patzi se resolverá este martes en La Paz.

Fuente: Agencia Nodal | Vision 360 | Agencia Boliviana de Información

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