Luego de que los funcionarios del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) informaran en la sesión del Grupo de Trabajo el Decreto de Urgencia (DU) 009-2020 sobre las limitaciones y problemas de las beneficencias públicas, su coordinadora Karina Beteta Rubín, señaló que no existía la necesidad de que se regulen a través de un DU.
“Hubiera sido importante que se prepare una propuesta legislativa para que el Congreso, que ya ha sido elegido, lo pueda analizar”, expresó. Y añadió que quizás esa pudo haber sido una mejor solución a los problemas planteados.
El DU 009-2020 modifica el Decreto Legislativo N 1411, que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las sociedades de beneficencia y atención de las poblaciones vulnerables.
La directora general de Familia y Comunidades del MIMP, Cynthia Vila, indicó, luego de su exposición y tras las consultas de las congresistas, que “cualquier actividad que tenga impacto directo en una población tan importante y tan carente de servicios, como las poblaciones vulnerables, es una situación de urgencia”.
La sesión contó con la presencia de la congresista Gladys Andrade Salguero, quien dijo que eran muy importantes las poblaciones vulnerables, que atiende las beneficencias públicas. Sin embargo, explicó que el tema principal es lo económico. “No veo la necesidad de que sea un DU, cuando ni siquiera se le inyecta presupuesto. No cambia en nada las necesidades de las beneficencias”, indicó.
Hay que indicar que el DU tiene por objeto “mejorar la gestión de las Sociedades de Beneficencia y la atención de las poblaciones vulnerables, a través de ajustes a la conformación de su Directorio, la precisión del régimen disciplinario del Gerente General, la inclusión de la facultad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para la fiscalización y sanción de los operadores de Juegos de Loterías y similares que incumplan con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia y normas conexas”.