20.1 C
Lima
sábado, 28 junio, 2025
spot_img
InicioActualidadNacionalDesde el 22 de mayo motociclistas deberán usar chalecos con número de...

Desde el 22 de mayo motociclistas deberán usar chalecos con número de placa del vehículo

Atención: Desde el 22 de mayo de 2025, los motociclistas en Lima y Callao estarán obligados a usar chalecos retrorreflectivos que muestren claramente el número de placa en la parte trasera, así como cascos de seguridad homologados.

Ojo: aquellos que no cumplan con esta normativa serán sancionados con una multa de S/428. La medida busca mejorar la seguridad vial, facilitar la identificación de los conductores y reducir el número de accidentes en las calles.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha implementado esta normativa en un esfuerzo por combatir la inseguridad ciudadana y fomentar un entorno más seguro para todos los conductores.

Los chalecos deben estar hechos de material retrorreflectivoy mostrar el número de matrícula en la parte posterior, con cifras negras y medidas específicas. En cuanto a los cascos, se permiten cuatro tipos aprobados por el MTC: integral, cross, modular y abierto. Se prohíben los cascos de ciclismo y aquellos que dificulten la identificación del conductor.

Estas nuevas normas comenzarán a aplicarse en Lima y Callao desde el jueves 22 de mayo de 2025 porque se encuentran en estado de emergencia, mientras que en el resto del país regirán desde el 22 de junio. Los motociclistas que no cumplan con estas regulaciones enfrentan una multa de S/428 y la retención del vehículo.

La norma contempla la creación de un registro obligatorio y establece sanciones estrictas, entre ellas, multas que alcanzan los S/ 4.280 (equivalente al 0,8 de una UIT) y el decomiso del vehículo en caso de infracción. La medida busca formalizar el rubro y fortalecer la seguridad en el transporte de encomiendas a nivel nacional.

A partir del 17 de mayo, todos los trabajadores —tanto peruanos como extranjeros— que deseen brindar servicios de delivery deberán inscribirse en el nuevo Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida. Según el Decreto Supremo N.º 006-2025-MTC, el registro será obligatorio y requerirá la presentación del DNI, carné de extranjería o RUC, garantizando así que los conductores cumplan con los requisitos necesarios para operar legalmente.

- Advertisment -

Most Popular

Recent Comments