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sábado, 28 junio, 2025
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Defensoría presentará demanda contra ley que incorpora a adolescentes al sistema penal

Considera que norma es perjudicial para derechos de los adolescentes

La Defensoría del Pueblo informó que presentará una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 32330 que incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal, promulgada este sábado.

Esta decisión, indicó, se fundamenta en la profunda incompatibilidad de la mencionada ley con la Constitución Política del Perú, las obligaciones internacionales del Estado peruano en materia de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, la evidencia científica y el principio del interés superior del niño.

La institución rechazó de forma categórica la citada ley, tal como lo expresó en mayo del presente año ante la Presidencia de la República, por lo que solicitó la observación de la autógrafa de ley.

Consideró que la norma es perjudicial para los derechos de los adolescentes del país y contraria al ordenamiento jurídico y jurisprudencia nacional e internacional sobre la materia.

Principales argumentos

Según la Defensoría del Pueblo:

La ley vulnera el principio rector del Interés Superior del Niño, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño, que exige priorizar el bienestar y desarrollo integral de los menores de 18 años. Asimismo, no se considera la evidencia científica en psicología evolutiva y neurociencias, que señala que el cerebro adolescente está en desarrollo, impactando el control de impulsos, toma de decisiones y evaluación de riesgos.

La ley colisiona frontalmente con la Convención sobre los Derechos del Niño que forma parte de nuestro bloque de constitucionalidad. La CDN define «niño» a todo ser humano menor de 18 años y exige a los Estados establecer un sistema de justicia especializado para menores de 18 años, distinto al de adultos, con un enfoque socioeducativo y restaurativo que ha sido recogido con el Nuevo Código de Responsabilidad Penal del Adolescente.

Desde el enfoque de derechos humanos, la ley es un grave retroceso al no considerar la especial vulnerabilidad de los adolescentes y la obligación reforzada de protección que el Estado y la sociedad tienen hacia ellos, conforme al artículo 4 de la Constitución Política del Perú, en virtual del cual la comunidad y el Estado deben proteger especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono.

La ley carece de respaldo técnico y las instituciones claves del sistema de justicia, entre ellos el Poder Judicial (que la calificó de inviable y populista), el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), y, además, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef Perú) y el Colegio de Abogados de Lima (CAL).

Por todas estas consideraciones, la Defensoría del Pueblo, en defensa del Estado Constitucional de Derecho y los derechos fundamentales de los adolescentes, presentará próximamente la correspondiente demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional del Perú, en atención a la facultad establecida en el numeral 2) del artículo 9° de la Ley Nº 29882, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo.

Además, instó al fortalecimiento del sistema de justicia penal juvenil con enfoque terapéutico que trae consigo la implementación del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente, para garantizar un tratamiento adecuado y efectivo de aquellos adolescentes de 14 a 18 años que han cometido infracciones a ley penal con el fin de lograr su real y efectiva reintegración social y familiar.

Fuente: Agencia Andina

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