Venezolanos en Perú: Gobierno amplió Permiso Temporal de Permanencia

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Fuente: Andina

La Superintendencia Nacional de Migraciones ampliará el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia (PTP) a los ciudadanos venezolanos que ingresen de manera regular al país hasta antes del 31 de julio del 2017, según un decreto supremo publicado hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La medida fue anunciada por el presidente Pedro Pablo Kuczynski, en su Mensaje a la Nación por Fiestas Patrias, y amplía la entrega del PTP que, según un decreto publicado en enero pasado, beneficiaba solo a los venezolanos que ingresaron al Perú previo al 2 de febrero del presente año.

El PTP permite a los ciudadanos venezolanos regularizar su permanencia en el país, desarrollar actividades laborales y acceder a diversos servicios como salud y educación. También obtener un número de Registro Único del Contribuyente (RUC), para realizar actividades económicas sujetas al pago de impuestos.

El plazo para presentar la solicitud será de 120 días hábiles, computados a partir de la entrada en vigencia del decreto supremo, el 1 de agosto.   El PTP ha sido considerado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) un ejemplo para la región, por ser la primera medida dictada a escala internacional para proteger y asegurar los derechos de las personas de nacionalidad venezolana que dejaron su país por la crisis social que padecen.   A la fecha, un total de 11,464 venezolanos solicitaron el PTP en el marco del Decreto Supremo 002-2017-IN, emitido en enero, que aprobó los lineamientos para gestionar dicho documento.

Requisitos y citas en línea

Para tramitar el permiso, el solicitante debe haber ingresado legalmente al país y encontrarse en el territorio nacional antes de la entrada en vigencia de la norma.    Asimismo, no debe tener antecedentes policiales, penales o judiciales a escala nacional e internacional; así como la Ficha de Canje Internacional Interpol.

Tampoco estar comprendido en los supuestos del artículo 48 del Decreto Legislativo 1350, Nueva Ley de Migraciones.   Los solicitantes deben obtener una cita en línea en la página web de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), pagar el derecho de trámite (S/ 41.90), y presentar una copia simple del pasaporte o cédula de identidad con que registró su ingreso al país.

Asimismo, una vez que el solicitante acuda a la sede central de Migraciones, en Breña, o a la jefatura zonal del interior del país donde realice su trámite, debe presentar una declaración jurada de no contar con antecedentes policiales, penales ni judiciales a escala nacional e internacional; así como la Ficha de Canje Internacional – Interpol. En el caso de los menores de edad, se presentará adicionalmente la partida o acta de nacimiento apostillada.

En caso de no contar con la apostilla se presentará una declaración jurada de autenticidad del documento.