Reglamento de Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos para aportes

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MINAM pre publica

El Ministerio del Ambiente (MINAM) pre publicó hoy en el Diario Oficial El Peruano el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, mediante Resolución Ministerial N° 174-2017-MINAM, con la finalidad de recoger sugerencias y comentarios de la ciudadanía, municipalidades y gobiernos regionales, empresas privadas, universidades, entre otros.

Cabe recordar que el 23 de diciembre de 2016 se publicó el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, que deroga la norma aprobada en el 2000.

La nueva Ley atiende diferentes problemas relacionados a la gestión y manejo de los residuos sólidos, tales como: carencia de rellenos sanitarios y de seguridad; proliferación de botaderos; insuficientes prácticas para minimización (reciclaje, recuperación y reutilización); alta morosidad en el pago de arbitrios del servicio de limpieza pública; trámites complejos para la obtención de licencias, permisos y autorizaciones para gestionar los residuos sólidos; y limitaciones de información sobre el manejo de residuos sólidos.

El proyecto de Reglamento se desarrolló teniendo en cuenta las tendencias modernas y actuales políticas sobre manejo de residuos sólidos, priorizando en primer lugar la prevención o minimización de generación de residuos sólidos en el origen; y, en segundo lugar, la valorización de los residuos sólidos a través del impulso de una nueva industria del reciclaje. De esta manera, se garantizará un manejo adecuado, gradual y sostenido de los residuos, según la cantidad y peligrosidad, para su disposición final, la cual debe realizarse en los rellenos sanitarios.

Esta propuesta reglamentaria ha sido elaborada en coordinación con los Ministerios de Economía y Finanzas, Agricultura y Riego, Energía y Minas, Producción, Salud y Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Mejoras normativas

El proyecto de reglamento operativiza la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos en beneficio de las municipalidades a través de mecanismos e instrumentos para: a) promover la inversión pública y privada para lograr el cierre de brechas de infraestructuras de residuos sólidos y la reconversión de botaderos de residuos sólidos; b) mejorar la información que administra el Estado sobre el manejo de residuos sólidos; c) facilitar a las municipalidades la facturación y cobro de arbitrios del servicio de limpieza pública, y d) generar mecanismos para la atención de situaciones de emergencia en el manejo de residuos sólidos municipales, e) estimular la segregación de residuos en los domicilios y formalización de recicladores.

Se recogen los más recientes avances internacionales en lo que respecta a la valorización de los residuos sólidos; responsabilidad extendida del productor a través de un Régimen Especial de Bienes Priorizados; y se orienta al cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Peruano como es el caso del Acuerdo de París, el Convenio de Basilea, además de la implementación de las recomendaciones brindadas por  Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Por otro lado, el Reglamento dispone que las municipalidades, los diferentes sectores y el Ministerio del Ambiente realicen acciones que promuevan un alto grado de conciencia, educación y cultura ambiental en el país. Estas acciones y metas se deberán incorporar tanto en los Planes Operativos Institucionales, así como en las políticas, planes, programas, proyectos y sistemas de gestión.

El proyecto de Decreto Supremo se encuentra publicado en el portal institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe/consultaspublicas) para recibir las opiniones y sugerencias de los ciudadanos por un plazo de diez (10) días hábiles. Las opiniones y/o sugerencias deben presentarse vía correo electrónico a la siguiente dirección: normas.residuos@minam.gob.pe, o por escrito al Ministerio del Ambiente (Av. Javier Prado 1440, San Isidro).

A tener en cuenta:

-En el Perú cada año se generan alrededor de 7 millones de toneladas de residuos sólidos en zonas urbanas.

-Cada persona genera alrededor de 0.80 kilogramos/día.

-En el año 2015, el 54% de los residuos sólidos generados en zonas urbanas se dispusieron en rellenos sanitarios autorizados. El 46% restante terminaron en botaderos ilegales, ríos, quebradas, entre otros.

-En la actualidad existen 26 rellenos sanitarios a nivel nacional.

-En el Perú el 18.6% de los residuos inorgánicos son reaprovechables como plásticos, vidrios y cartones, sin embargo en el 2016 solo se recuperó formalmente el 1.9%.

-El nivel de morosidad anual en el pago de arbitrios del servicio de limpieza pública fluctúa entre 60% y 70% a nivel nacional.