El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) reiteró que las autoridades, funcionarios y servidores públicos tienen prohibido ejercer actos de proselitismo o propaganda electoral en favor o en contra de cualquier candidatura durante el ejercicio de sus funciones.
A menos de dos meses de la realización de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026, el especialista en fiscalización de la entidad, Luis Ramos, precisó que el Reglamento N.° 844-2025-JNE exige una conducta estrictamente imparcial a todo el personal del Estado para salvaguardar la transparencia del proceso electoral.
El marco regulatorio establece que la vulneración del principio de neutralidad comprende actos como coaccionar el voto del personal a cargo, exigir la afiliación a partidos políticos, emplear la posición oficial para influir en el sufragio o difundir propaganda política.
En cuanto a las sanciones, Ramos detalló que las multas están fijadas entre las 30 y las 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a montos de entre S/ 165,000 y S/ 550,000. El especialista aclaró que los montos máximos se aplican en casos donde el infractor mantenga la condición simultánea de funcionario y candidato, y se determine reincidencia en la falta.
