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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que, con el objetivo de salvaguardar el orden público y garantizar la transparencia durante la Segunda Elección Presidencial del próximo domingo 7 de junio, se iniciará la aplicación progresiva del marco de restricciones legales en todo el territorio nacional.
Los fiscalizadores del organismo electoral, en coordinación con las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP), desplegarán operativos multisectoriales descentralizados para auditar el cumplimiento estricto de las normativas de propaganda, comercio y reunión vigentes.
El incumplimiento de estas disposiciones especiales contempla severas sanciones administrativas que incluyen multas pecuniarias y la apertura de procesos penales con penas privativas de la libertad para los infractores.
Prohibición de difundir encuestas de intención de voto y cese de propaganda política
De acuerdo con las disposiciones contempladas en el artículo 191° de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), a partir de las 00:00 horas del lunes 1 de junio rige la prohibición absoluta para la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de intención de voto a través de cualquier medio de comunicación masivo o plataforma digital.
Las empresas encuestadoras, medios informativos o personas naturales que vulneren esta restricción sectorial serán sancionados con multas administrativas obligatorias que oscilan entre las 10 y las 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Asimismo, el marco regulatorio determina la suspensión total de todo tipo de propaganda política a partir de las 00:00 horas del sábado 6 de junio, lo que obliga al retiro y cese de pautas partidarias en espacios públicos.
Restricción de manifestaciones partidarias, activación de la «ley seca» y penas de cárcel
En lo que respecta al derecho de reunión y comercio de insumos restringidos, el ordenamiento electoral establece pautas temporales estrictas:
- Manifestaciones políticas: Conforme al artículo 190° de la LOE, desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio quedan prohibidas las reuniones, mítines o manifestaciones públicas de carácter político. La vulneración de esta norma constituye un delito electoral tipificado en el artículo 388° del mismo cuerpo legal, el cual se sanciona con penas de cárcel no menores de tres meses ni mayores de dos años.
- Restricción comercial («Ley Seca»): El veto para el expendio y distribución comercial de bebidas alcohólicas entrará en vigencia a partir de las 8:00 horas del sábado 6 de junio y se extenderá hasta las 8:00 horas del lunes 8 de junio. Quienes infrinjan esta disposición enfrentarán penas privativas de la libertad no mayores de seis meses y una multa económica accesoria equivalente a 3,390 soles, según lo estipulado en el artículo 390° de la ley vigente.
Finalmente, para el día central de los comicios del domingo 7 de junio, el sistema electoral prohíbe de forma taxativa la realización de espectáculos públicos o funciones de entretenimiento masivo, tanto en recintos cerrados como al aire libre, entre las 7:00 y las 17:00 horas.
Adicionalmente, queda estrictamente prohibida la concentración o reunión de electores en un radio menor a los 100 metros de cualquier mesa de sufragio o centro de votación institucional.
Las autoridades de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y los fiscalizadores del JNE exhortaron a la ciudadanía, comercios y agrupaciones políticas a respetar los cronogramas establecidos para consolidar un entorno pacífico y seguro que facilite el ejercicio del voto libre.
