Destacan avances de Perú y España contra discriminación a personas con discapacidad bajo enfoque social

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  • Especialistas peruanos y de la Universidad de La Coruña analizan de manera comparada jurisprudencia entre ambos países. 

Perú y España están hermanados en esa nueva mirada del modelo social sobre discapacidad que rescata a las personas con algún tipo de deficiencia física, sensorial o intelectual que no han desarrollado su capacidad jurídica a través del ejercicio de su voluntad y el respeto de su dignidad.

Así lo sostuvo la presidenta de la Comisión de Acceso a la Justicia del Poder Judicial, jueza suprema Janet Tello Gilardi, durante el seminario virtual: “La discriminación hacia las personas con discapacidad. Análisis comparado en la jurisprudencia Perú-España”.

La magistrada señaló que en nuestro país la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley Nº 99973) y el Decreto Legislativo Nº 1384 permiten reconocer la capacidad jurídica de esta población a través del referido modelo social.

“Esto permite dejar de lado ese sistema de interdicción que los elimina, desaparecía y convertía en NNs para el Estado y para la sociedad, apostando por un sistema de apoyo y ajustes razonables”, señaló.

En el caso de España, agregó, sucede algo similar con la Ley Nº 08-2021 que reformó la legislación civil y procesal para el apoyo de las personas con discapacidad, lo cual ha permitido dejar atrás “sistemas médicos, reparadores y terapéuticos”.

El seminario virtual es realizado merced al convenio marco suscrito entre el Poder Judicial del Perú y la Universidad de La Coruña, para llevar a cabo jornadas de capacitación sobre el derecho de las personas con discapacidad y las Reglas de Brasilia.

Esta actividad académica beneficia a más de mil juezas, jueces y personal jurisdiccional, así como a parte de la población con discapacidad que en el Perú representa más del 10 % de sus habitantes, es decir más de tres millones de peruanas y peruanos.

SOBRE IGUALDAD

Durante el seminario, la catedrática española Marta García Pérez, directora del Observatorio de Políticas Públicas en Materia de Discapacidad, Atención a la Diversidad e Igualdad de Oportunidades de la Universidad de la Coruña, expuso el tema: “Avanzando hacia la igualdad: la discriminación refleja en la doctrina del TC español”.

Al referirse al principio de igualdad, la especialista sostuvo que como fundamento jurídico, los poderes públicos deben orientar su actuación en dos planos: igualdad en la ley e igualdad en la aplicación de la ley, esta última para “aplicarla ‘entre iguales’, con igualdad de trato y sin sufrir discriminación”.

La especialista sostuvo que pese a que los tribunales de España han dado pasos importantes en favor de colectivos vulnerables, como las personas con discapacidad, estos son aún insuficientes, pero que van en la dirección correcta.

Por su parte, Jennifer González Sánchez, docente y miembro fundador del referido observatorio de la Universidad de la Coruña, acotó que la discriminación puede ser directa o indirecta, esta última debido a medidas perjudican a personas por características de sexo, discapacidad u otra razón.

LA CONVENCIÓN COMO NORMA

Otro tema abordado en el seminario fue: “La discriminación hacia las personas con discapacidad en la doctrina del TC Peruano”, a cargo del ex defensor del Pueblo, Samuel Abad Yupanqui.

El especialista en materia constitucional remarcó la jurisprudencia dada por la demanda de amparo del Segundo Juzgado Constitucional, el 2014, el cual declaró nulas resoluciones de una sala civil de la Corte Suprema, una sala superior y un juzgado de Familia respecto a un proceso de interdicción a una persona con esquizofrenia.

Abad Yupanqui destacó que el fallo de ese juzgado constitucional en primera instancia haya aplicado la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en un caso sobre interdicción en vez del Código Civil de 1984, para el que la persona con discapacidad no era sujeto de derechos.

“La resolución es relevante por haberse anticipado a la reforma civil del 2018, pues judicialmente establece que la Convención es norma y nadie puede desconocerla porque de lo contrario es violatoria de derechos humanos”, acotó.

En su participación, el constitucionalista expuso además sobre los últimos aportes jurídicos de los tribunales peruanos y el Tribunal Constitucional respecto a apoyos y salvaguardias que impone la reforma del código civil.

El seminario virtual fue inaugurado por la presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios Alvarado, quien señaló que el enfoque social permite desterrar la cultura proteccionista sobre las personas con discapacidad, para dar paso a su empoderamiento y autonomía, eliminando barreras que limitan el ejercicio de sus derechos.