El Gobierno de Colombia oficializó la expedición del Decreto 170 de 2026, mediante el cual impone un arancel del 30% a más de 20 categorías de productos provenientes de Ecuador. Esta medida surge como una respuesta directa al gravamen unilateral que el Gobierno ecuatoriano aplicó a las importaciones colombianas desde el 1 de febrero, bajo el argumento de una presunta falta de reciprocidad en la seguridad regional.
La decisión colombiana incluye también restricciones logísticas para el ingreso de mercancías por los pasos fronterizos de Ipiales y Puerto Asís, intensificando las tensiones comerciales en la región andina.
Productos afectados y restricciones fronterizas
La normativa colombiana establece un impuesto del 30% que impacta a sectores agrícolas e industriales clave tales como el arroz, frijoles, grasas, aceites de pescado, cacao en polvo sin azúcar, plátanos frescos y banano bocadillo.
Asimismo, la lista de bienes gravados se extiende a productos químicos y manufacturas incluyendo alcoholes etílicos, aguardientes desnaturalizados, insecticidas, fungicidas, desinfectantes, tuberías y calzado con suelas de diversos materiales.
Complementariamente, el decreto restringe el ingreso por las aduanas de Ipiales y Puerto Asís de cargamentos específicos de arroz paddy y arroz pardo para fortalecer el control sobre estas importaciones.
Disputa legal ante la Comunidad Andina (CAN)
En el ámbito diplomático, Colombia interpuso dos demandas contra Ecuador ante la Comunidad Andina con el objetivo de anular los aranceles impuestos inicialmente por el país vecino. Se ha confirmado que la CAN admitió una de las demandas colombianas, la cual busca que la medida ecuatoriana sea calificada formalmente como un gravamen prohibido dentro del marco normativo andino.
La investigación del organismo internacional determinará si la acción de Ecuador vulnera los acuerdos de libre comercio del bloque, lo que podría obligar al levantamiento de las barreras arancelarias en ambos países.
