La magistrada suspendida permanecerá en reclusión hasta septiembre de 2027 tras el fallo del máximo tribunal, que desestimó el pedido de la Fiscalía para ampliar la medida cautelar a 18 meses.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ratificó la prolongación por 15 meses adicionales de la orden de prisión preventiva que pesa contra la suspendida fiscal superior de lavado de activos, Elizabeth Peralta Santur, investigada por presuntos actos de corrupción vinculados al presentador de televisión Andrés Hurtado.
Con esta resolución, el tribunal supremo desestimó los recursos presentados por ambas partes procesales, dejando firme la medida restrictiva que mantendrá reclusa a Peralta desde su entrega a la justicia el 4 de diciembre de 2024, cuando se dictaron sus primeros 18 meses de encierro preventivo.
La imputación del Ministerio Público sostiene que, en mayo de 2020, Peralta habría invocado influencias ante Javier Miu Lei, representante de la empresa minera Las Lomas Doradas S.A.C., prometiendo interceder ante el fiscal provincial Lucio Sal y Rosas para lograr la devolución de cinco barras de oro incautadas, a cambio de un beneficio económico.
Desestimación de alegatos de la defensa y de la fiscalía
Durante la audiencia de apelación, la defensa técnica de Peralta alegó la ausencia de especial dificultad en el proceso, argumentando que la investigación preparatoria ya concluyó y que los más de 400 elementos de convicción acumulados corresponden a un caso calificado como complejo desde su origen. Asimismo, sostuvo que el estado de salud de la fiscal requería una medida menos gravosa y acusó la existencia de inacción por parte de la Fiscalía durante el desarrollo de las pesquisas.
Sin embargo, el tribunal supremo rechazó los argumentos de la investigada, fundamentando que la acumulación de nuevo material probatorio sí representa un desafío operativo extraordinario para el control de acusación en la etapa intermedia. Respecto a su condición médica, la Sala determinó que, según peritajes del Instituto de Medicina Legal, sus comorbilidades se encuentran estables y pueden ser tratadas en el penal.


Por otro lado, la Corte Suprema también declaró infundado el recurso del Ministerio Público, que pretendía elevar el plazo de la prolongación de 15 a 18 meses, tras concluir que la representación fiscal no sustentó técnicamente la necesidad de los tres meses adicionales solicitados.
