Magistrados abordan el vacío normativo ante las interpretaciones dispares emitidas por los Jurados Electorales Especiales.
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) inició la deliberación para unificar criterios respecto a los casos calificados como reelección encubierta, donde alcaldes en ejercicio postularon como primeros regidores en listas cuya candidatura a la alcaldía quedó vacante tras renuncias estratégicas.
Según reportó Infobae, los magistrados del supremo tribunal electoral analizan el procedimiento de proclamación oficial que deberá aplicarse en estas circunscripciones, estimándose la emisión de un acuerdo pleno para establecer jurisprudencia vinculante frente a las impugnaciones en trámite.
A más de un mes de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM), la falta de una directiva institucional provocó resoluciones contradictorias en al menos 18 distritos y provincias del país. En dicho esquema, los burgomaestres en funciones se inscribieron en el primer casillero concejal para asumir la titularidad municipal en caso de triunfo, sorteando la prohibición de reelección inmediata estipulada en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú.
Resoluciones dispares en los Jurados Electorales Especiales
Las interpretaciones jurídicas de las cortes de primera instancia mostraron marcadas divergencias durante el proceso de proclamación. En el norte del país, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Bagua proclamó a Hermógenes Lozano Trigoso como alcalde provincial de Condorcanqui para el periodo 2027-2030, a pesar de ser el burgomaestre en ejercicio, tras la renuncia del postulante titular de Somos Perú. De igual forma, el JEE de Moyobamba validó la elección de Carlos Francois Hidalgo Reátegui para dar continuidad a su gestión al frente del municipio distrital de Zapatero por la lista de Renovación Popular.
En contraste, el JEE de Ica sentó un precedente restrictivo mediante la Resolución N.° 01874-2026-JEE-ICA0/JNE, del 3 de noviembre. El tribunal declaró por mayoría que otorgar la alcaldía del distrito de San Juan Bautista al actual edil Jorge Luis Quispe Saavedra vulneraría el mandato constitucional.

Por consiguiente, la entidad proclamó como alcaldesa a la segunda regidora de la nómina, Rita del Carmen Guerrero Cajo, asignando a Quispe únicamente la regiduría inicial. La decisión citó el criterio interpretativo formulado por el magistrado del JNE Gunther Gonzales Barrón sobre las renuncias instrumentales para eludir los impedimentos de ley.
Omisión de pronunciamiento en Lima Metropolitana
Una tercera postura fue adoptada en Lima Metropolitana por los JEE de Lima Norte y Lima Este 2 en las jurisdicciones de Independencia y El Agustino, respectivamente. En Independencia, el JEE formalizó la acreditación del actual alcalde Alfredo Reynaga Ramírez únicamente en la condición de primer regidor de Somos Perú.
Un procedimiento similar se registró en El Agustino con el burgomaestre Richard Robert Soria Fuerte, a quien el órgano electoral proclamó este 5 de noviembre como primer concejal de Podemos Perú sin emitir un fallo de fondo sobre la validez de la sucesión ejecutiva municipal.
La definición de la conducción edil en estas demarcaciones, así como la situación de casos con alcance provincial como el de la lista de Renovación Popular en Lima Metropolitana, quedó supeditada al pronunciamiento final del Pleno del JNE.
