Foto: USAT
El Gobierno promulgó la Ley N.º 32656, mediante la cual se crea el Colegio de Cirujanos Dentistas del Perú (CCDP), una nueva entidad autónoma de derecho público interno que reemplazará al anterior Colegio Odontológico del Perú y asumirá la representación oficial de los profesionales de la odontología en todo el país.
La norma, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece una profunda reorganización institucional del ejercicio profesional de los cirujanos dentistas, define nuevas obligaciones para los profesionales del sector y fortalece los mecanismos de control ético, capacitación y regulación de la actividad odontológica.
Uno de los principales cambios introducidos por la ley es que la colegiación y la condición de profesional habilitado serán requisitos obligatorios para ejercer la profesión de cirujano dentista en el territorio nacional.
La norma señala expresamente que el incumplimiento de estas exigencias resta eficacia jurídica a los actos realizados en el ejercicio profesional. Asimismo, la habilitación deberá mantenerse vigente conforme a las obligaciones establecidas en el Estatuto del nuevo colegio profesional.
Además, la ley dispone que la certificación y recertificación profesional también serán requisitos para ejercer la profesión, aunque su implementación será gradual y deberá concretarse dentro de un plazo máximo de cinco años desde la entrada en vigor de la norma.
El Colegio de Cirujanos Dentistas del Perú tendrá sede en Lima y jurisdicción en todo el territorio nacional. Su máxima instancia será el Consejo Nacional, integrado por el decano nacional y los decanos regionales.
La institución estará conformada jurídicamente por colegios regionales con personería jurídica propia, los cuales tendrán competencia dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales.
Entre las principales funciones asignadas al nuevo colegio profesional figuran la regulación, orientación y vigilancia del ejercicio de la odontología, así como la defensa de los derechos de sus miembros.
La nueva ley fortalece el sistema disciplinario interno al facultar al Colegio de Cirujanos Dentistas del Perú para sancionar a los profesionales que incumplan el Código de Ética y Deontología o las disposiciones institucionales.
Para ello se crearán un Comité de Ética Nacional y comités disciplinarios regionales encargados de investigar y tramitar los procedimientos correspondientes.
La institución también podrá iniciar acciones legales contra personas que ejerzan ilegalmente la odontología o que causen perjuicios a la profesión sin pertenecer a la orden profesional.
La ley crea además tres importantes mecanismos de apoyo institucional.
El primero es el Fondo de Previsión Social (FPS), destinado a brindar servicios de bienestar y previsión social a los colegiados.
El segundo es la Escuela Nacional de Educación Continua en Estomatología (ENECE), que tendrá a su cargo programas de capacitación, perfeccionamiento profesional, cursos y diplomados especializados con reconocimiento oficial.
Finalmente, se crea el Fondo Solidario Institucional (FSI), orientado a apoyar a los colegios regionales en infraestructura, equipamiento y mantenimiento de sus sedes.
La norma también dispone la creación del Comité Nacional de Docencia, Servicio e Investigación del Pregrado en Estomatología y Odontología, integrado por representantes del Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, SUNEDU, el nuevo Colegio de Cirujanos Dentistas del Perú, universidades y asociaciones científicas.
Este grupo tendrá la misión de elaborar un Plan Nacional de Reestructuración y Modernización de los planes curriculares de odontología y estomatología, cuya aplicación comenzará en 2028.
El plan será obligatorio para los procesos de licenciamiento y acreditación de las facultades de odontología del país.
La ley incorpora además una modificación a la Ley de Trabajo del Cirujano Dentista que permitirá a estos profesionales ejercer voluntariamente su actividad hasta los 75 años de edad.
Según el texto legal, la medida busca aprovechar la experiencia acumulada de los profesionales, contribuir al fortalecimiento del sistema de salud y mejorar sus condiciones previsionales antes de la jubilación.
