Fuente Unplash
El Ejecutivo modificó la Ley de Delitos Informáticos para delimitar responsabilidades en operaciones de los sistemas financiero, bursátil, previsional y de seguros.
El Gobierno aprobó el Decreto Legislativo N.º 1741, que modifica el artículo 12-A de la Ley N.º 30096, Ley de Delitos Informáticos, precisando una excepción penal para los sectores financiero, bursátil, previsional y de seguros en relación con el delito de tráfico ilícito de datos.
La norma establece que las operaciones realizadas en estos sistemas, bajo regulación y supervisión de las autoridades competentes, no serán consideradas como tráfico ilícito de datos, siempre que se ajusten a la normativa vigente y a los fines propios de cada sector.
El Ejecutivo señaló que esta precisión busca garantizar seguridad jurídica y evitar que actividades legítimas de dichos sectores sean confundidas con prácticas delictivas, reforzando al mismo tiempo la lucha contra la criminalidad digital.
Con esta modificación, el Estado asegura un marco legal más claro para las operaciones financieras y bursátiles, diferenciando las prácticas reguladas de los delitos informáticos vinculados al tráfico de datos.
