Por: Luciano Revoredo
Candidato
Renovación Popular
Diputado 30
Cuando César San Martín afirma que la Constitución peruana no está por encima del “orden internacional”, no está haciendo una precisión técnica. Está diciendo, en la práctica, que el Perú ya no es plenamente soberano y que nuestras reglas fundamentales pueden ser desplazadas por normas decididas fuera del país, por burócratas, jueces y organismos que nadie en el Perú eligió. Eso no es una sutileza jurídica. Es una renuncia a la República, un acto de traición.
La Constitución no es un papel más. Es el pacto político que crea el Estado, define quién manda, cómo se gobierna el país y cuáles son los límites del poder. Por eso, el artículo 51 de la Constitución es categórico: la Constitución prevalece sobre toda norma del Estado. No dice “salvo que un tribunal internacional opine distinto”. No dice “salvo que una ONG lo pida”. Dice prevalece y punto.
Los tratados internacionales sí forman parte del derecho peruano. Nadie discute eso. Pero entran al sistema jurídico porque la Constitución lo permite, no porque vengan del exterior con una supuesta superioridad moral. En el Perú, los tratados valen porque la Constitución les abre la puerta, no porque estén por encima de ella.
San Martín confunde, o quiere confundir, dos planos que cualquier estudiante de derecho aprende a separar. En el plano internacional, si el Perú firma un tratado y luego lo incumple, puede ser demandado y sancionado. Eso es normal. Pero en el plano interno, la norma suprema sigue siendo la Constitución. Ningún tratado, ninguna corte extranjera y ningún “estándar internacional” puede sustituir lo que el pueblo peruano decidió como su ley fundamental.
Decir lo contrario es decir que la fuente última del poder ya no es el pueblo peruano, sino un sistema jurídico externo. Es convertir al Perú en un país con soberanía condicionada.
Si mañana un tribunal internacional dice que el Perú debe permitir algo que la Constitución prohíbe, por ejemplo, sobre familia, educación, justicia o identidad nacional, la tesis de San Martín implicaría que el juez peruano debe obedecer al extranjero y no a la Constitución. Eso no es derecho. Eso es colonialismo jurídico.
Los países serios no funcionan así. Alemania, Italia, España, Estados Unidos, todos reconocen el valor del derecho internacional, pero todos afirman sin complejos que su Constitución es la norma suprema dentro de su territorio. Cuando hay conflicto, se reforma la Constitución o se renegocia el tratado. Lo que no se hace es permitir que jueces sustituyan la voluntad nacional por jurisprudencia extranjera.
Lo que propone San Martín no es modernidad jurídica. Es algo mucho más grave: un Estado sin última palabra sobre sí mismo.
Y que un juez supremo sostenga eso no es un error académico. Es una amenaza política. Porque un país cuya Constitución no manda, ya no es una república: es una administración bajo tutela.
El Perú no necesita jueces que pidan permiso afuera para aplicar su propia Constitución. Necesita magistrados que la defiendan. Lo demás es traición.
