Foto: Revista Mototec
El Gobierno dispuso modificaciones y medidas complementarias dentro del estado de emergencia que rige en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, entre las que destaca la prohibición del desplazamiento de dos personas adultas en motocicleta como parte de los esfuerzos en la lucha contra la criminalidad.
El Decreto Supremo 127-2025-PCM, publicado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 del Decreto Supremo 124-2025-PCM, que declaró el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao, en octubre pasado.
Entre las principales disposiciones, se establece que queda prohibido el tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de las categorías L1 y L3, es decir, motos lineales. Solo el conductor podrá circular, y además se precisa que no se podrá usar ningún accesorio que impida la identificación del conductor, excepto el casco reglamentario.
Durante el estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú (PNP), con apoyo de las Fuerzas Armadas y el Serenazgo, intensificará los operativos de control de identidad y fiscalización vehicular en las principales zonas críticas de Lima y Callao.
