Regulación de jornadas: Estándares de seguridad prohíben más de 5 horas seguidas al volante de día.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) reportó que, entre los años 2021 y 2025, ha ejecutado 5,761 inspecciones enfocadas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) dentro del sector transporte.
De este total, 2,030 intervenciones fueron motivadas directamente por denuncias de los trabajadores, lo que subraya la importancia de la vigilancia laboral para mitigar riesgos críticos como choques y volcaduras. La entidad enfatizó que el estricto cumplimiento de las pausas en la conducción y la formación preventiva son pilares fundamentales para reducir la siniestralidad y proteger la vida de conductores y pasajeros en las rutas nacionales.
De acuerdo con la normativa actual, los conductores de transporte público nacional y regional tienen prohibido exceder las cinco horas de manejo continuo en horario diurno y las cuatro horas en el servicio nocturno.
Esta restricción es clave para prevenir la fatiga y el cansancio, factores que elevan la probabilidad de accidentes. Asimismo, la Sunafil recordó que el trabajador posee el derecho de interrumpir sus actividades o abandonar su puesto ante un peligro inminente que represente un riesgo intolerable para su integridad, debiendo informar de inmediato a su superior sin que las labores se reanuden hasta que el riesgo sea controlado.
En materia de prevención, las empresas de transporte están obligadas a impartir una inducción general y específica de forma presencial al inicio de cada contrato. Este proceso es independiente de las capacitaciones anuales exigidas por la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. La formación debe basarse en la Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Control (IPERC) de cada puesto, permitiendo que el personal reconozca los riesgos asociados a sus tareas y el entorno laboral para actuar de manera oportuna ante posibles amenazas a su salud.
Finalmente, la autoridad laboral recalcó que ninguna unidad debe operar sin el SOAT vigente. Adicionalmente, los empleadores del sector interprovincial tienen la responsabilidad de contratar obligatoriamente el Seguro de Vida Ley y el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) para todos sus conductores. Estas coberturas aseguran una red de protección económica y asistencial frente a incidentes derivados de la actividad económica, consolidando un entorno de trabajo más formal y seguro.
