Impuesto a la Renta: Sunat no multará por presentar Declaración Jurada fuera de fecha

0
1093

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) no impondrá multas a los contribuyentes por no presentar en el plazo indicado la Declaración Jurada anual del Impuesto a la Renta (IR) 2018.

Así lo informó el ente recaudador a través de resolución N° 010-2019-SUNAT/700000 que fue publicada en el diario El Peruano el pasado 28 de marzo.

El plazo de vencimientos para presentar las declaraciones iba del 25 de marzo (para los contribuyentes cuyo último dígito del RUC es cero) hasta el 5 de abril (para los contribuyentes cuyo último dígito de RUC es 9). Los buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC tenían como plazo máximo el 8 de abril.

Como se recuerda, el primer día del vencimiento del plazo para presentar la Declaración Jurada Anual de Renta 2018 presentó fallas en su sistema, tras lo cual Sunat amplió el plazo de pago por un día más.

Con esta resolución, se busca que la exoneración de esta multa sea de aplicación a infracciones cometidas o detectadas antes de la entrada en vigencia de la disposición. Además no habrá multas por declaraciones rectificatorias.

Fuente: La voz de los emprendedores