InicioLocalesEstado de emergencia: ¿Qué está permitido durante la inmovilización social obligatoria?

Estado de emergencia: ¿Qué está permitido durante la inmovilización social obligatoria?

El Gobierno dispuso la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios en Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao desde las 02.00 hasta las 23.59 horas de hoy martes 5 de abril. Sin embargo, ¿qué está permitido durante la jornada de hoy?

-Atención de servicios de salud, medicinas, agua, luz, gas, combustibles, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.

– Farmacias y boticas puedan brindar atención.

-Podrá transitar el personal de prensa escrita, radial o televisiva siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.

-Se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.

-Los trabajadores del sector público y privado realizan solo trabajo remoto.

Fuente: Agencia Andina

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