Hospitales, establecimientos, clínicas, policlínicos y todas las instituciones públicas y privadas deberán implementar documento en 180 días.
Catálogo facilitará adecuada atención al paciente ya que permitirá identificar a través de un código el procedimiento médico o sanitario en cualquier IPRESS o IAFA.
Por primera vez, todas las instituciones prestadoras y/o administradoras de servicios de Salud que existen en el país manejarán un catálogo estandarizado y único para los más de 11 mil procedimientos médicos y sanitarios que realicen en el territorio nacional.
Así lo establece la Resolución Ministerial N° 902-2017-SA, publicado el pasado 20 de octubre en el Diario Oficial El Peruano que aprobó el Documento Técnico “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud” – CPMS el cual tiene como finalidad estandarizar la identificación (codificación y denominación) de los procedimientos médicos y sanitarios del sector salud.
Es así que en un plazo de 180 días calendarios desde la publicación de la norma, los establecimientos de salud públicos, privados y mixtos del país deberán implementar este catálogo permitiendo la uniformización de sus procedimientos.
De esta manera, el personal médico de cualquier entidad, institución, establecimiento o empresa pública o privada prestadora de servicios vinculados al sector salud en el país podrá usar un mismo código para referirse a cualquiera de los 11,445 procedimientos médicos o sanitarios contenidos en el catálogo facilitando la adecuada atención del paciente.
El Documento Técnico es de uso obligatorio en todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud Pública (Ministerio de Salud, EsSalud, sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros)así como privadas y mixtas que dan servicios de salud en territorio nacional.
El catálogo, que ha sido actualizado luego de once años, contiene el registro de todos los procesos relacionados con la atención del paciente como planes de salud, programas de salud, tarifarios, auditoria médica, control médico administrativo, registro, codificación, procesamiento y análisis estadístico, formatos y reportes estadísticos, así como documentos comerciales relacionados con los servicios de salud, intercambio de información intrainstitucional, interinstitucional y sectorial, Investigación y docencia y otros casos que se requieran.
SERVICIOS MÉDICOS Y ESTOMATOLÓGICOS Y SERVICIOS DE SALUD COLECTIVA
Estos procedimientos están contenidos en dos grupos (Servicios médicos y estomatológicos y Servicios de Salud Colectiva). El primero agrupa todos los procedimientos vinculados a anestesiología, cirugía, odontología, radiología (medicina nuclear y diagnóstico por ultrasonido), patología y laboratorio, medicina y evaluación y manejo.
En tanto, el segundo están los referidos a los servicios de salud colectiva general como promoción de la salud, alimentación y nutrición saludable, enfermedades zoonóticas, enfermedades metaxénicas y otras enfermedades transmitidas por vectores, salud ambiental e inocuidad alimentaria, bucal y actividades de salud pública sobre productos farmacéuticos, productos sanitarios y dispositivos médicos.
El monitoreo de la implementación de dicho documento está a cargo de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, a través de la Dirección de Intercambio Prestacional, Organización y Servicios de Salud, en coordinación con la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud.
En el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que incluye como ejes transversales el Gobierno Abierto y el Gobierno Electrónico, dichos procedimientos se encuentran sistematizados en el Aplicativo Informático de acceso público disponible en el siguiente link: http://www.minsa.gob.pe/dgain/?op=4#Repositorio
(Documentos normativos – Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional).